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Expediente sancionador por tenencia ilícita de drogas

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Expediente sancionador por tenencia ilícita de drogas
13/05/2009 12:56
Hola de nuevo amigos! En esta ocasión escribo por un tema distinto.

Los hechos: El 15 de Agosto de 2008, en el puerto de Denia, mi hermano fue detenido y registrado junto con dos amigos por los agentes de la autoridad cuando se dirigían a Ibiza. Les fueron incautadas diversas sustancias en cantidades todas ellas ínfimas, no constitutivas de delito. Mi hermano y sus dos compañeros manifestaron haber adquirido las sustancias entre los tres y por partes iguales, y así aparece reflejado en la denuncia.

Ayer, día 12 de Mayo de 2009, uno de sus compañeros recibió el acuerdo de iniciación del expediente sancionador, acompañado del análisis farmacológico de las sutancias (en el cual por cierto ha debido haber un error, ya que las sustancias que ellos portaban no coinciden con las analizadas; no las cantidades, sino las sutancias en sí), y una copia de la denuncia de los agentes de la autoridad.
Se le notifica una sanción de 1200 euros.

Conozco el sistema de recursos, los plazos y demás; lo que tengo son un par de dudas que incluso pueden parecer muy tontas, pero las tengo.

La primera: El acuerdo de iniciación de expediente le ha llegado a uno sólo de los 3 implicados, aunq en la denucia aparecen identificados los 3; mi duda es, esos 1200 euros son sólo para aquel que le ha llegado la notificación, y todavía les tiene que llegar la notificación a los otros dos con otros 1200 euros cada uno; o bien la administración elige libremente a quién abrir expediente y pretende "cobrar todo", los 1200 euros de uno sólo de los 3 implicados. Ni que decir tiene que la sanción la van a abonar entre los 3, pero no es lo mismo 1200€ entre los 3, que 1200€ cada uno, caso este último que es manifiestamente excesivo a juzgar por las cantidades incautadas.

La otra duda que me asalta es de carácter más práctico: Resulta que en la denuncia de los agentes de la autoridad, cuya copia recibe el expedientado junto con la propia notificación, no aparece el año, es decir, en la fecha, aparece el día, el mes, pero no el año. La pregunta es obvia: ¿cabría un recurso por defecto de forma? La fecha es importantísma a efectos de caducidad y prescrición, de modo que de no aparecer el año en la denuncia, ese hecho bien podía haber sucedido el 15 de Agosto de 2007, de modo que ya habría pasado más de un año; ¿es esto posible?

Bueno, hasta ahí mis dudas, vaya ladrillo, jeje!

Como siempre espero vuestras respuestas, serán de gran ayuda.

P.D. He visto que la gente postea esta clase de temas en el foro de Derecho Penal, pero siendo estrictos, creo que este tema debe estar aquí, en el orden administrativo.

Un saludo!