Para iniciar actuaciones preliminares para incoar un expediente disciplinario a un funcionario público,pueden realizarlas sobre una denuncia verbal primeramente y después de requerir al denunciado la exposición de los hechos por escrito,la denunciante realiza posteriormente la denuncia por escrito basandose en lo relatado por el denunciado.
En la nota interior enviada por el jefe al denunciado en ningún párrafo indica que la denuncia a sido verbal,pero si indica al denunciado que manifieste por escrito lo que considere oportuno sobre el asunto.¿Se considera válida una denuncia verbal para abrir diligencias previas a la incoacción de un expediente disciplinario?o desde el primer momento no han tratado por igual a los dos funcionarios implicados en la discusión? Gracias
Hola,te contesto hasta dode llegan mis conocimientos.
Concederán
diez días para que puedas contestar las alegaciones que consideres, incluso pruebas testificales.
El pliego de cargos se notificará al inculpado concediéndosele un plazo de diez días para que pueda contestarlo con las alegaciones que considere convenientes a su defensa y con la aportación de cuantos documentos considere de interés. En este trámite deberá solicitar, si lo estima conveniente, la práctica de las pruebas que para su defensa crea necesarias.
El procedimiento se iniciará siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, moción razonada de los subordinados o denuncia.
De iniciarse el procedimiento como consecuencia de denuncia, deberá comunicarse dicho acuerdo al firmante de la misma.
El órgano competente para incoar el procedimiento, podrá acordar previamente la realización de una información reservada.
1. Será competente para ordenar la incoación del expediente disciplinario, el Subsecretario del departamento en que esté destinado.
2. La incoación del expediente disciplinario podrá acordarse de oficio o a propuesta del Jefe del centro o dependencia en que preste servicio el funcionario.
En la resolución por la que se incoe el procedimiento se nombrará instructor, que deberá ser un funcionario público perteneciente a un cuerpo o escala de igual o superior grupo al del inculpado, de los establecidos. En el caso de que dependa de otro departamento, se requerirá la previa autorización del Subsecretario de cuando la complejidad o trascendencia de los hechos a investigar así lo exija, se procederá al nombramiento de secretario, que en todo caso deberá tener la condición de funcionario.
La incoación del procedimiento con el nombramiento del instructor y secretario, se notificará al funcionario sujeto a expediente, así como a los designados para ostentar dichos cargos.
Iniciado el procedimiento, la autoridad que acordó la incoación podrá adoptar las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer.La suspensión provisional podrá acordarse preventivamente en la resolución deincoación del expediente y durante la tramitación del procedimiento disciplinario, en los términos y con los efectos señalados en los artículos.
3. No se podrán dictar medidas provisionales que puedan causar perjuicios irreparables o impliquen violación de derechos amparados por las leyes.
Canta armarté de cuantas pruebas dispongas a tú alcance.
Suerte.
Pues resulta que lo mio es un poco surrealista,se me envia por parte del jefe una nota interior cuyo tema en asunto me pone:Diligencias previas a la incoación de expediente disciplinario.Traslado de los hechos denunciados y audiencia. y después me explican que la funcionaria que ha puesto en conocimiento de la jefatura la supuesta falta de respeto hacia ella y como consideran la falta grave así como que han de iniciar actuaciones preliminares para exclarecer los hechos y me solicitan que en un plazo de 3 dias,manifieste por escrito lo que yo considere oportuno.
Bien pues yo les relato al dia siguiente, por escrito como me solicitaba mi jefe, lo que ocurrió y no he vuelto a tener noticias del tema hasta la semana pasada que me citaban a declarar en la empresa,los hechos ocurrieron a mediados de abril.
Lo más fuerte es que la denunciante presenta la denuncia por escrito al dia siguiente de formular yo el relato de lo ocurrido y no tengo constancia de nnada de esto hasta que me citan a declarar en la eempresa y mi abogado solicita toda la información del tema en mi empresa.
Por todo ello,veo la encerrona que me han preparado,1º a mi me dan 3 dias para manifestar por ESCRITO lo que considere y resulta que a la denunciante la admiten la denuncia verbal.posteriormente a mi escrito es cuando presenta la denuncia por escrito.
Nuestro jefe no debe "supuestamente" tratar por igual a los dos trabajadores,pues él no estuvo presente en la discusión.No entiendo nada,pero no me voy a quedar quieto esperando ser la diana de mi jefe.
Estoy de baja laboral hace unos meses, y aún así me comunican desde la empresa la apertura del expediente disciplinario antes descrito,con hechos ocurridos en el mes de abril,yo hasta el dia 24 de septiembre no he vuelto a saber nada de como se ha llevado el tema en el más absoluto de los secretos, a mi no se me ha informado de nada,salvo pedirme el dia 20 por escrito que redactase los hechos,resulta que los inspectores que vienen de Madrid para recabar información me solicitan me persone el dia 24 de septiembre en la empresa para tomarme declaración (sigo de baja médica),incluso despues he tenido que acudir a urgencias del hospital.¿Cómo puedo pedir que se aclaren todos los hechos y mi expediente quede limpio?, estoy hasta las narices de como se pueden manipular los temas dependiendo de como caiga de bien o mal un empleado,pero quiero que limpien mi expediente.