A un funcionario de Administracion Local, se le abrieron hace unos años dos expedientes disciplinarios.
Esos expedientes terminaron, con propuesta del instructor de archivar los mismos, por no haber lugar a dichos expedientes.
Pasados los años, dicho funcionario ha accedido a su expediente personal y ha comprobado que dichos dos expedientes (incluido la resolucion de archivo) constan en el mismo.
¿Como puede saber si este hecho, se ha utilizado posteriormente, como "antecedentes", en otras actuaciones, por ejemplo resolucion de "Concurso de Meritos" a determinados puestos de trabajo de dicha Administracion, que al final no consiguio?.
La duda es saber si, al haberse acordado el archivo de los expedientes disciplinarios, estos no deberian constar en el expediente personal del funcionario.
Proceda a cancelarlos a instancia de parte, si se cumplen los requisitos que las normas funcionariales exigen.
Pueden constar perfectamente ya que de momento ignora el motivo por el que se archivaron, si es que realmente se archivaron.
En los dos expedientes disciplinarios, consta la resolucion para ser archivados.
La duda es si pueden estar dentro del expediente personal o fuera de el. Dentro del expediente personal, se veran cada vez que se consulte el mismo, para cualquier tramite, con lo que no se puede asegurar, que para una determinada cuestion, puedan ser tenidos en cuenta indebidamente.