Me gustaría saber en qué ley y apartado puedo encontrar las fases y duración de un expediente de reposición de la legalidad urbanística en la COMUNIDAD DE MADRID. Todos los ayuntamientos de la comunidad de Madrid se rigen por esta ley? . Gracias
El TÍTULO V de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, regula las distintas fases de los procedimientos de disciplina urbanística.
Esta Ley del Suelo es de aplicación a la totalidad de los municipios.
Por otro lado, la disposición transitoria novena establece las competencias para resolver las sanciones de los procedimientos sancionadores.
En el caso de apertura de expediente de legalización de actos de edificación o uso del suelo en curso de ejecución, el procedimento a seguir es el indicado en el artículo 194.
En el supuesto de actos de edificación o uso del suelo ya finalizados, sin licencia u orden de ejecución o sin ajustarse a las condiciones señaladas en ellas, el artículo que regula los plazos es el artículo 195 y 196.
De conformidad con el artículo 200, no existe limitación de plazo alguno para el ejercicio de las potestades de protección de la legalidad urbanística de actos de edificación y uso del suelo en zonas verdes y espacios libres.
Muchas gracias. Se trata de la legalización de una jacuzzi. En este caso a qué artículo me remito?. En cuanto a las fases del expediente donde puedo encontrar información?
Querrás decir que te requieren legalizar las obras de instalar el jacuzzi, que has ejecutado sin licencia sin la respectiva licencia o autorización, ¿no?, los jacuzzi no se legalizan urbanísticamente. Una nimiedad.
¿Y no crees que lo mejor que puedes hacer es presentar la solicitud o declaración responsable que te pide el ayuntamiento?, la tasa por la autorización no puede ser elevada.