Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Expediente de incapacidad

5 Comentarios
 
Expediente de incapacidad
16/05/2013 15:41
Hola a todos como os podréis imaginar soy nueva en este foro y tengo algunas dudas que me guastaria si podéis me aclaréis pues con todo esto estoy echa un lió,hace tiempo que os leo y gracias a este foro me entere que teniendo el certificado digital podía seguir mi expediente de incapacidad y cuando lo e leído me pone .Expediente Resuelto Aprobado en grado de total con fecha 7/05/13 y fecha a efectos económicos 18/04/13 y mi pregunta es si ya esta resuelto cuando me lo notifican a mi? pues ya estamos a 16 de mayo y no tengo notificación ninguna se pueden echar atrás todavía? y lo ultimo que pasa con la empresa donde estoy trabajando me tienen que dar el finiquito? gracias por atenderme se que me estoy excediendo pero son muchas las dudas que tengo espero que me podáis ayudar.Un saludo
16/05/2013 19:37
Te llegará por carta certificada.. no puede tardar mucho.
No creo para nada q se puedan volver atrás.
16/05/2013 21:52
La empresa tiene que guardarte el puesto un maximo de 2 años, despues de que te concedan la incapacidad.
Si sigues despues de esos 2 años con la incapacidad, dejas de pertenecer a la empresa y esta tiene que finiquitarte que NO indemizarte.
17/05/2013 01:31
Tranquila que te llegara pronto,conozco un caso que le tardo 20 dias,puedes estar tranquila que la tienes concedida.Un saludo y enhorabuena aunque sea algo contradictorio por lo que viene.Suerte.
17/05/2013 15:46
Gracias por ayudarme a todos pero ahora me surgen mas dudas ¿si asta dentro de 2 años no me desvinculo de la empresa no puedo buscar ningún otro trabajo que pueda realizar que no sea mi trabajo habitual por el que me dan la incapacidad permanente total ? ya que me queda una pequeña paga ¿ y puedo pedir el paro que tengo mientras busco otro trabajo ? aunque la verdad no se que puedo realizar pues a día de hoy estoy fatal sin poderme mover de mi casa por mis dolencias .Un saludo
17/05/2013 15:53
Al paro no puedes ir , porque nadie te despide, te dan una incapacidad total para tu trabajo habitual.
Si puedes trabajar en otro trabajo, que no perjudiquen las lesiones por la cual te han dado una incapacidad.
Tienes que avisar en la s.social si empiezas a trabajar en otro trabajo , estos te tienen que dar el visto bueno, sino te pueden quitar la paga.