Hola, ya han pasado los 18 meses, hoy he recibido la llamada de la empresa para que pase a recoger la liquidación y, ninguna noticia del INSS. Alguien sabe si es obligatorio que, una vez finalizados los 18 meses, me abran expediente?.
Gracias, seguiré esperando.
Gracias por la respuesta. Me han concedido la total. Así es en mi caso. A efectos económicos la total es del 55%. Aún no tengo la resolución y lo que no se es si en la resolución darán otro tanto por ciento.
Aunque lo descargues por internet la carta te llega, a mi me ha tardado 1 mes, pero bueno como se habian equivocado en el calculo de la base reguladora y en mi caso no se sabia como se hanbia caculado,ya que no salia por ningun lado,ni en la oficina del inss lo encontraban. Lo reclame y me llamaron que habia habido un error descomunal de 1000 euros y ahora me ha llegado la segunda carta con la corrección. De 1400 de base reguladora a 2475 de diferencia, fijaros bien, que segun mi abogado ya ha tenido varios casos asi.
No, me refiero en tu seguridad social, cuando inicias sesión, te marca los años que has cotizado, cuánto te falta de cotizar para poder jubilarte y demás... el caso es que siempre me solía venir con fecha actual (es decir, siempre hasta efectos del día anterior). El caso es que lleva días que no es así, me pone hasta 21/08/2018. Me pasò lo mismo cuando me estuvieron mirando el expediente para darme la incapacidad...
Quería saber si a todos les pone esa fecha, u os pone fecha actualizada.
A mi aun no me han reconocido nada, ya se han acabado los 365 180 dias, me ha liquidado la empresa pero, del INSS no tengo noticias, no me han abierto expediente, no me dan de alta ni nada, ninguna noticia. Estoy de los nervios.
Esto es la nomina:certificado de importes al cobro desglosado
Entedad:inss
Clase de pension: incapacidad.total enfe.comun b.r. con años cotiz
Fecha de efecto: 24-08-2918
Suma de abonos: XXXXXX
RETENCION irpf: 0%
Deduciones: 0,00
Números de paga: 12
Pagas extraodinarias
Realizaciones: 0,00
Mínimo: 0,00
Complementos: 0,00
Irpf: no se aplica retención
Deducciones: no costa ninguna
Cuanto me tardará la resolucion en llegar por correo
Depende de la edad y años cotizados.Si tienes más de 55 años y cotizados más de 25 años se llega a cobrar más del 75% y si tienes más de 35 años cotizados 100%