Pese a ser un procedimiento de jurisdiccion voluntaria, el expediente de dominio para inmatricular una finca se tramita con abogado y procurador, siendo competente el juzgado de 1ªI. donde radique dicha finca.
Voy a iniciar un expediente de dominio sobre unas fincas a fin de poderlas inscribir en el Registro de la Propiedad. Mi duda es si para este procedimiento es preciso hacerlo con letrado y procurador o no hace falta tal extremo.