Gloria: siempre que el valor de los bienes que se pretenden inmatricular sobrepasen las 400.000 pesetas, es obligado el abogado y creo que el procurador es potestativo. Eso está dentro de las normas que regulan la jusrisdiccion voluntaria. Salvo mejor opinion.
Saludos
¿Es necesario que para poder inmatricular una finca por medio de un expediente de dominio llevar un abogado o procurador?, ó ¿puedo gestionar yo como persona particular dicho expediente sin necesidad de contratar a un abogado?
¿hay algún articulo que diga que para llevar un expediente de dominio es necesario llevar o no abogado según el importe de la finca a inmatricular?