Hola debemos abrir un expediente al presidente del comite de empresa por dos faltas muy graves, según el convenio hay que notificarle la apertura de expte explicandole los hechos (se deben poner también las posibles sanciones?) El instructor y secretario unicamente pone que sean imparciales puede ser cualquiera que no sea miembro de dirección ni del comite (podría ser un mando intermedio?) Al instructor también se le deben poner las posibles sanciones, después de las alegaciones del trabajador y del comite, según convenio pone incoado el expte la ejmpresa notificara la sancion (quien decide que sanción se debe poner el instructor la empresa?
Hola, si el instructor debe ser independiente, no puede ser nadie de la empresa
Debera ser alguien externo al que la empresa le pasara los hechos imputados, asi como las pruebas y una vez oido al miembro imputado y al comite calificara los hechos y propondra la sancion de acuerdo con el convenio colectivo
La empresa con la resolucion del instructor sancionara de acuerdo con la sancion propuesta
Y no puede ser algún trabajador? en el convenio solo pone alguién imparcial ,por cierto es que a lo hemos nombrado podremos tener algún problema. Por lo que he visto no en todos ls convenios es necesario que haa un instructor.
La empresa sanciona con la sanción propuesta por parte del instructor o puede la empresa después de tener la propuesta del instrctor cambiarla? En este caso se esta proponiendo una sanción mínima pero..
Detodas maneras gracias, si tuviese que ser alguien externo podría ser de la asesoría?
Imparcial es aquella persona que no tienen ninguna relacion ni con la empresa ni con los trabajadores y por supuesto no puede ser la asesoria que esta vinculada a traves de un contrato con la empresa
Si el comite no impugna al instructor, la empresa debera sancionar de acuerdo con lo dictado por el instructor o minorar la sancion propuesta, pero nunca aumentarla
Si el comite impugna al instructor sepuede volver a nombrar uno nuevo? Volviendo al instructor la empresa debe contratar por ejemplo a un abogado?Pero si lo contrata la empresa siempre también sera un poco parcial no?
Hola Trice, el convenio dice que el instructor debe ser imparcial, de momento como no ha habido pronunicamiento del que habeis nombrado, preguntad al Comite, si esta de acuerdo con el instructor nombrado y si estan de acuerdo que conste por escrito
Sino estan de acuerdo nombrad a uno externo y reiniciad el procedimiento
Preguntad en el CMAC si podrian hacer de instructor
Muchas gracias Federico ya se que soy pesada pero es mi primer comite.
Si no dijesemos nada y los miembros del comite en el plazo de 5 días para hacer alegaciones entiendo que se puede seguir adelante con el Instructor no? Si ellos dicen algo se puede reiniciar el procedimiento sin problemas?
Otra cosa si no los confirmasen a quien podemos poner vistas las circunstancias.
Intentare hablar con alguien del Convenio pe5ro no se me han dado un telefono de madrid ya que es un convenio estatal de Industrias Carnicas, y no me coge nadie el telefono.
Evidentemente si las dos partes estan de acuerdo con los trabajadores para llevar el expediente no hay problema, faltaria mas,
El convenio dice que la empresa nombrara a un instructor y secretario imparciales, es decir es facultad de la empresa nombrar al instructor y secretario, pero si se nombra a un mando intermedio, estos son considerados como cargos de confianza de la empresa y podrian ser declarados como no imparciales
Si el instructor y el secretario cuentan con el beneplacito del comite no habra porblema, por lo que sugiero que pidas su conformidad, de no ser asi nombraria a una persona externa, que aunque le pague la empresa los servicios prestados para este caso, legalmente no tiene ninguna relacion con la empresa por prestacionde servicios
Busca la conformidad de lo contrario el ultimo punto del articulo es muy claro,
El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos implicará la nulidad de la sanción impuesta.
Gracias a t por toda la información mañana solicitaremos la conformidad y mientras intentare hablar con alguna asociacion empresarial e las qu firmaron el convenio para que me lo aclaren mjor.
Te informo por fin he podido hablar con una de las asociaciones empresariales que firmaron el convenio y me ha dicho que la clausula la puso la parte empresarial.
Y que imparcial quiere decir que no sea del comite.
Hola Trice, perdona pero la contestacion no sirve, como puede decir que el instructor para que sea imparcial no ha de ser del comite, si el articulo dice que el instructor lo nombrara la empresa
La facultad de sancionar es de la empresa no del comite, y aqui para asegurar la imparcialidad a la hora de imponer sanciones se pacto que el instructor fuera imparcial, por lo que dudo que esta fuera una clausula de la patronal, sino que les fue colada por los sindicatos
Hay muy pocos convenio que regulen que el instructor sea imparcial, normalmente es el departamento de RRHH el que instruye y fija la sancion
Si esta tan seguro este representante de la patronal de lo que te ha dicho, que te asegure las posibles consecuencias economicas de los gastos que vais a tener si vais a juicio por la declaracion de nulidad del proceso
La unica valoracion posible de este articulo seria la que interpretase la comision paritaria del convenio colectivo y que ahora no estas a tiempo para pedir ya que el tiempo apremia, por lo que ahora no me fiaria de segir los consejos de la patronal e iria sobre seguro
Por cierto, han aceptado al instructor el comite de empresa?