Hola compañeros del foro. Me gustaría saber si es legal incluir una cláusula de exoneración por vicios ocultos en la venta de una vivienda de más de cincuenta años que se vende por debajo del precio de mercado y valor catastral.
Mi opinión es que sí, en atención al artículo 6.2 del C.C. Ambas partes están de acuerdo en la compraventa en esas condiciones y no le veo mayor problema.