Buenos días a todos los que conforman este equipo de trabajo y de antemano agradezco su valiosa colaboración, mi pregunta es la siguiente: trabajo en una institución educativa y estoy elaborando un contrato de trabajo para docentes y personal administrativo, quisiera saber si existe una clausula que libere de responsabilidad civil, penal y/o administrativa al rector de la institución por los daños que sus empleados puedan ocasionar a terceros ( en este caso estudiantes y entre compañeros).
Igual a él sí, pero no a la institución.... responsabilidad 'in vigilando', subsidiaria...., a menos claro que dictara una resolución adm. consciente de que era ilegal-- art. 240 CP
Pero si trabajas para esa institución, para eso tienen una asesoría jurídica, recurre a ella.