Buenas tardes. Como trabajador de un Ayuntamiento que dice estar en crisis, me encuentro que a cuatro trabajadores, todos ellos laborales fijos, se les ha expedido un decreto de alcadía abonándoles una cantidad fija de 300, 500 y 600 euros, bajo la denominación de "COMPLEMENTO ECONÓMICO ADICIONAL", para compensarles un supuesto trabajo adicional (que ya venían realizando) en el gabinete de la Alcaldía. Mi pregunta es si este complemento está recogido en la legislación actual y en dónde, y si no es el caso, si es ilegal esta retribución en forma de productividad encubierta (porque la producitividad, también la cobran mensualmente). Un saludo y espero vuestras noticias.