haber cuando nos levantamos contra estos jueces de familia que son torturadores y maltratadores de los hombres, y contra esas sanguijuelas que se aprovechan que esos bichos tienen el poder
Hay que leer la historia entera. No tiene desperdicio, especialmente como se cree a uno u otro en función de las "evidencias" . En cualquier caso , la argumentacion de porqué no es delito es por ="Además, para la juez, los dos cónyuges ostentan un estatus cultural y social similar y discutieron por una infidelidad, motivo que "no constituye una expresión de superioridad machista ni supone una manifestación de una situación de desigualdad". Osea , que cuando se discuta por la custodias de los nenes o del tresillo, de puede aplicar la misma argumentacion
El problema es que No es inconstitucional, según el tribunal constitucional. Segun muchos de nosostros y según LA CONSTITUCION sí sería anticonstitucional. Lástima que, cuando se hizo la constitucion, se le doto de multiples órganos, pero les falto el organo fonético que le permitiera expresar en castellano revertino lo que opina de dichas sentencias.
Es más creo recordar, ya que las feministas radicales lo publicitaron hasta la saciedad cuando sacaron esta repugnante, sexista, discriminatoria, inconstituciona ley que unas AMENAZAS LEVES del hombre a la mujer eran DELITO, pero al revés FALTA.
Yo en principio de estas leyes feministas radicales y hechas por feministas radicales PASO 3 KILOS, no las admito ni asumo, son leyes creadas desde el desequilibrio, el sesgo sexista, la esquizofrenia de un puñado de resentidas feministas ciegas de odio al hombre.
LAS LEYES INCONSTITUCIONES, SEXISTAS E INJUSTAS NO HAY QUE ACEPTARLAS, HAY QUE REPUDIARLAS Y DEROGARLAS.
En el foro de El País, un tal Teleológico, supuesto avezado letrado, sostiene que esta sentencia es lo normal...
Comentario 26 de ese debate.
Menos mal que Héctor B. luego aclara:
Buenas, soy abogado y me parece una vergüenza la sentencia y el trato de favor que se les ha dispensado a estas dos personas. Y especialmente al Magistrado, ya quel art. 153.1 del Código Penal establece, de forma clara y meridiana, que el mero maltrato a la esposa o persona en relación de pareja análoga, es DELITO con pena mínima de 6 meses de prisión. Todo lo que pone en la sentenica, es un conjunto de sinsentidos, para tratar de justificar la inaplicación de la ley. Y en este caso, que ademá de malos tratos de palabra y de obra, hay lesiones corroboradas por informes médicos, el arreglo judicial, fruto del corporativismo de jueces y magistrados, clama al cielo. Bien hará la Audiencia Provincial, en caso de recurso, de revocar la sentencia, y condenarlos por delito. Si no es así, nos hallaremos ante un precedente jurisprudencial muy peligroso
La discusión comenzó en el salón de la vivienda y prosiguió en el dormitorio, donde Regadera "agarró a María Rosa I. de las muñecas con fuerza, le separó los brazos y, sin soltarla en ningún momento, la empujó violentamente contra la pared y la puerta de la habitación con la intención de echarla", añade el fallo.
Según la juez, el acusado consiguió situar a su esposa en el umbral de la puerta e intentó cerrar ésta con fuerza, con lo que el brazo de la mujer quedó atrapado, y, posteriormente, volvió a agarrarla por las muñecas, momento en que María Rosa I. consiguió liberar una mano y arañarle.
La magistrada da así credibilidad a la versión de la ex esposa de Regadera, porque, en su opinión, es la que ha mantenido invariablemente desde el primer momento y porque las lesiones que padeció están corroboradas por los informes médicos: "La declaración de la esposa es convincente, firme y detallada", agrega.
Por el contrario, pone en duda los golpes y mordiscos que el ex juez decano dijo haber recibido de su esposa, cinturón marrón de kárate, y recuerda: "Si los hechos hubieran ocurrido como mantiene el señor Regadera necesariamente tendría que tener alguna marca de una patada o un rodillazo propinado por una karateka".
La juez descarta con un rotundo "ni mucho menos" que Regadera removiera en el cajón de los cuchillos con el propósito de matar a su esposa, como mantiene ella, pero cree que no hay ninguna duda de que María Rosa I. "estaba atemorizada", como lo demuestra que se encerrara en la habitación hasta que llegó la policía.
Respecto a los arañazos que admitió haber hecho a su marido Maria Rosa I., que afrontaba siete años de cárcel, la sentencia mantiene que se produjeron durante un forcejeo que "no puede desvincularse de la agresión inicial del esposo" y que no provocaron más que unas pequeñas erosiones, por lo que concurre la eximente de legítima defensa.
Pese a que la fiscalía acusaba a ambos cónyuges de un delito de maltrato en el ámbito familiar, concluye que se trató de un episodio "puntual y aislado" desconectado de las situaciones de "abuso, dominación, humillación, sometimiento o sojuzgamiento" propias de la violencia doméstica.
Además, para la juez, los dos cónyuges ostentan un estatus cultural y social similar y discutieron por una infidelidad, motivo que "no constituye una expresión de superioridad machista ni supone una manifestación de una situación de desigualdad".
La condena a pena de multa, pese a ser recurrible, garantiza la continuidad en la carrera judicial de Regadera, que incluso se exponía a perder para siempre su condición de juez ya que así lo prevé la ley en los casos de delitos dolosos que superen los seis meses de prisión.
Cuando menos, la pelea conyugal, que saltó a los medios comunicación en tan solo unas horas, forzó dos meses después la dimisión de Regadera por la "pérdida de confianza" en su persona que provocó su imputación en algunos de sus compañeros.
libertaddigital
¿ existe para el hombre la "falta de lesiones en el ambito familiar" ?
Tenía entendido que desde que salió en vigor la aberrante "ley integral de medidas de proteccion contra la violencia a las mujeres" todas las lesiones de hombre a mujer cuando exista una relación sentimental eran DELITO. No falta en ningún caso, por lo menos cuando el actor sea el hombre sobre su pareja sentimental.
¿ ENTONCES ALGUIEN ME PUEDE EXPLICAR COMO SE LAS HAN APAÑADO PARA SALTARSE LA LEY INTEGRAL DE VIOLENCIA DE GENERO EN ESTE CASO ?
A ver si es tan amable algun letrado-a de explicarlo.
Es verdad que en todos los campos, en el judicial también, existe el corporativismo.
Si esto mismo lo hace un hombre, la cárcel, la orden de alejamiento, la salida de su domicilio no se la quita ni Dios.
Este juez ha tenido dos discriminaciones, una negativa y otra positiva.
La negativa por ser hombre y la positiva ante sus colegas por ser juez y que le pasen la manita
DEBERÁ PAGAR UNA MULTA
Absuelven al ex juez decano de Barcelona de maltratar a su mujerLa pelea conyugal que costó el cargo al ex juez decano de Barcelona, José Manuel Regadera, se ha saldado con una multa por una falta de lesiones para el magistrado, que afrontaba nueve meses de cárcel por un delito de maltrato con el que incluso se exponía a ser expulsado de la carrera judicial.
Viajes: hoteles | coches | vuelos
fines de semana | ofertas último minutoLa esposa del ex juez de Barcelona: "Me pegó y me intentó matar"
Dimite el juez decano de Barcelona, imputado por maltrato a su esposa
2009-10-01Imprimir Enviar Corregir Comentar
efe
El juzgado de lo penal número 16 de Barcelona ha condenado a Regadera a una multa de 360 euros y a indemnizar con otros 210 euros a su ex mujer, María Rosa I., a la que absuelve de todos los cargos al considerar que arañó a su marido en legítima defensa para protegerse de su agresión.
La pelea ocurrió el 2 de abril pasado en el domicilio conyugal después de que María Rosa I., notaria de profesión, descubriera una infidelidad de su ex esposo, con el que había contraído matrimonio apenas unos meses antes, según la sentencia, que no es firme.