Funciona distinto, es un enfoque diferente el de las legislaciones basadas en código civil y el de la common law anglosajona. No es exactamente lo mismo pero sí hay una diferencia entre prescripción y caducidad.
Existe la doctrina en españa de desestimar las demandas cuando se ha esperado demasiado?
En EEUU, existe el concepto de latches, si alguien espera a demandar a alguien un tiempo innecesario, de forma que conceder el petitum agraviaria al demandado innecesariamente, es un posible motivo de desestimación. Esto aplica aunque no haya prescrito la acción.
Un ejemplo reciente es pedir la anulación de votos tras las elecciones porque se aprobó una norma inconstitucional hace meses.
¿Existe algo similar en Espana? ¿Tiene un nombre concreto?