yo he solicitado una licencia de obra el pasado 03/04/06 y todavia no me han contestado, cuanto tiempo tiene que transcurrir para que se considere silencio administrativo
El tema del silencio administrativo es asunto delicado en el que tienes que tener en cuenta, en tu caso lo siguiente:
El la concesión de licencias el silencio administrativo se considera negativo.
Esto sucede según comunidad autónoma y en todo caso a los 6 meses de iniciada la solicitud siempre que no exista demora imputable al solicitante.
El derecho que te otorga en tu caso el silencio que equivale a una resolucion denegatoria es el de recurrir.
Tendrás que interponer un recurso de reposición al mismo órgano que no te respondió a la solicitud.
Aunque creo que te resultará mucho mas eficaz presentarte allí y ver que pasa con tu licencia y si has sido grosero con ellos mejor manda a un abogado muy educado que te represente.
Ttotalmente de acuerdo con Ytnas en lo referente a su último parrafo. En lo demas, como bien dice, depende de la CCAA en la que te encuentres. En CyL es silencio administrativo se produce a los 3 meses para obras "mayores" y 1 mes para obras "menores", y es positivo siempre que la documentacion esté completa y no sea contraria a la normativa urbanistica. Es un tema muy complicado en el que nadie se pone de acuerdo y este no es el lugar para dilucidarlo. Mi consejo es el mismo que te ha dado Ytnas, vete al ayuntamiento, lo mas amablemente posible y pregunta por "lo tuyo", seguro que es el mejor camino.
hemos solicitado una licencia de obra para arreglar una vivienda que parte de ella se está cayendo literalmente y ya hace más de dos años que se solicitó y no nos la dan. Hoy hemos ido al Ayuntamiento y no dicen que tenemos que llevar un proyecto para que nos den la licencia.
Siempre que se trate de obra mayor, como creo que es el caso, es preciso realizar un proyecto por técnico competente y visarlo por el colegio correspondiente.
Obtenido el mismo, podrás solicitar la licencia de obras para ese proyecto.
Por lo tanto, lo que te pide el ayuntamiento es totalmente correcto.
En contra de lo opinado por algunos técnicos de Excmos. Aytos., el silencio administrativo en la licencia de obras se encuadra siempre que se cumpla con el ordenamiento urbanístico vigente y se tenga toda la documentación y siempre que se presente correctamente ante el Ayto., en el art. 43.2.b de la Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (la misma con la que constantemente amenazan a los ciudadanos que pagan sus sueldos), que reconoce la concesión de licencia por silencio administrativo positivo. Ver Libro: "Derecho de la construcción" M.A. del Arco, M. Pons, Ed VI 2003, página 48.
Lo que pasa es que la administración nos confunde, calla, no informa y eso nos hace cometer errores y por eso eso la administración española es como decía el mítico entrenador Van Gaal - Siemmprre Neggativvo ... Nuuncaa Posittivvo.
Nuestra única defensa es hacer las cosas bien y pedir nuestros derechos con tranquilidad y firmeza.
Son Tres Meses y Silencio Favorable al Peticionario.
El otorgamiento de licencias es una potestad Reglada y por tanto, si el peticionario, cumple con los requisitos normativamente exigidos para su otorgamiento, transcurrido el plazo previsto en la norma, y como bien dice Franciscordon, esta se entiende otorgada por Silencio Administrativo Positivo.
Efectivamente letrado, precisamente uno de los requisitos exigidos por la ley para el otorgamiento de licencia de obra mayor es presentar proyecto suscrito por técnico competente y visado por el colegio pertinente.
Por consiguiente Romans no puede considerar obtenida licencia por silencio positivo, porque el ayuntamiento carecía de un elemento considerado esencial por la ley para otorgarla, el proyecto.
Como supongo sabrás, la Ley del Suelo tiene establecido que, EN NINGÚN CASO SE ENTENDERÁ ADQUIRIDAS POR SILENCIO ADMINISTRATIVO LICENCIAS URBANÍSTICAS EN CONTRA DE LA LEGISLACIÓN O DEL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO.
También dice el Reglamento de Disciplina Urbanística, que desarrolla a la Ley del Suelo que el Excmo. Ayto. debe comprobar que se cumplen todas las autorizaciones ante el resto de administraciones que pudieran estar afectadas. Estoy haciendo una pericial de una industria a la que el Ayto. ha otorgado Licencia de Apertura y que se han pasado la autorización de Industria por el forro, porque no han calculado ni una sola caída de tensión. El Excmo. Ayto. tiene derechos y obligaciones.
Un saludo,
P.D. de acuerdo con que no se debe otorgar Licencia sin proyecto, pero acaso no hay muchos ciudadanos que llegan a la ventanilla solicitan información y se les engaña y se les dice que no se puede hacer nada cuando la verdad es que se puede presentar todo conforme a las leyes y se puede obtener la preceptiva licencia por silencio administrativo, acaso no es eso una violación flagrante del artículo 29 de la Constitución cometida repetidas veces por gente a la que le pagamos los sueldos, personas indecentes a las que deberían dar quinina en lugar de café.
Para LETRADO, entonces si se cumple con lo legal,y no se conteta a lo solicitado:Licencia Urbanistica ,presentando proyecto y no barato pues me he gastado 18000 € y transcurridos ya 4 meses sin Ningún tipo de Notificación,se considera positivo o negativo pues unos icen una cosa y otros lo cambian.¿Que ice la Ley respecto a esto?.
Cumplí con lo solicitado;agrupe tierras en escritura,Proyecto de construccion y no ien nada de nada,pues estube en el ayuntamiento en dos ocasiones y me informan que una vez pasen las Navidaades,se me informara la aprobación ya que no hay problema en conceder la Licencia,y estamos a 24 de enero.
Muchas gracias