Como incluso a veces la jusrisprudencia o doctrina puede ser confusa, alguien no esta de acuerdo con esta jurisprudencia o conoce sentencias que la contradigan?
Yo le recomendaria que vaya tanteando si su seguro de hogar le cubre defensa juridica, incluso puede ser buena idea cambiarse a otro que le cubra defensa juridica por lo que pueda venir.
Se trata de un procedimiento judicial de lo mas desproporcionado y mas poco equitativo posible: para evitar que la comunidad cargue unos cientos de euros de mas a un mimebro de la comunidad afectado, hay que pagar unas tasas elevadas y abogado y procurador. Ahora que unos cientos de euros de mas cada año al final son miles de euros. Los administradores de las comunidades lo saben , saben que unas costas de unos 6000 euros al dividir entre 20 vecinos no es lo mismo, que que las pague unos solo, y por eso son tan osados y desafiantes con las ilegalidades en las comunidades. Lo equitativo sería que si la comunidad infringe la ley se le cargara a cada miembro de la comunidad que infinge la ley las mismas costas que al comunero disidente si pierde, por eso se prodecen tanto tipo de abusos en las comunidades en las que falta la honradez y el respeto por la ley, que se creen con fuerza (y en parte esta asimetricidad de la ley se la da) para cometer todo tipo de ilegalidades con repercursiones pequeñas si pierden. Cuente con que eso lo sabe su administrador, probablemente también lo sabe que se suele llamar la masa "borreguil", y que estas asimetricidades son las que, de forma soprendente ha logrado el lobby de los adminsitardores de fincas para hacer de las comunidades, sus cortijos, donde vale casi todo tipo de practicas ilegales y de abusos a las minorías.
Personalmente encuentro raro que sus estatutos no eximan de los gastos de escalera a los locales, pero si está asi, es lo que hay. Lo de que no respeten de el reparto por coficiente, pues algun listillo con pisos grandes lo habra conseguido, después de todo en algunas comunidades hay demasiada desinformación y demasiada manipulacion
Muchas gracias, esperaré a la próxima reunión y solicitaré que los gastos de la comunidad sean de acuerdo a los estatutos y se incluyan a los locales comerciales en los mismos. En caso de que no se apruebe tocará ir al juzgado. Gracias a todos!
Matizo, es impugnable ir contra los estatutos con acuerdo sin unanimidad. Por eso usted vote en contra, salve su voto, y rompa una posible unanimidad de su comunidad para ir contra los estatutos en los pactos sociales que parece que su comunidad viene decidiendo.
Ciertamente, son cosas con nombre sidferentes y que por tanto pueden ser diferentes Sr MIguel Sercos. ¿Nos estamos equivocando en algo para que usted haga esa aclaración?
Las fincas se crean por división horizontal o por segregacion (antiguamente). Pero solo las comunidades que lo desean (las nuevas practicamente todas) tiene unos estatutos privativos, que si se han registrado en el registro de la propiedad vinculan a nuevos compradores. Y las las normas que establecen los estatutos pueden ser de los mas variopinto, pueden señalar algo "especialmente establecido" para el reparto de gastos, pueden contemplar que los bajos no pueden poder letreros luminosos, pueden prohibir colocar aires acondicionado visibles, que sé yo.
tonietchiky, usted dice que su ncomunidad tiene estatutos, y que usted los tiene y los ha leido. Pues bien, la legalidad de su comunidad la constituyen, salvo que pudier haber alguna clausula nula de pleno derecho, que atentase contra los derechos básicos, esos estatutos. Y si su comunidad toma acuerdos contra ello es impugnable
tonietchiky,
entiendo que su comunidad adopta constantemente pactos sociales que contradicen la legalidad de su comunidad, esto es, los estatutos.
La jurisprudencia dice que estos pactos sociales, que normalmente se renuevan cada año, son impugnables, y que no modifican el título contitutivo ni la legalidad de la comunidad. Votan ustedes cuotas cada año? Si consigue con que sólo mayoría simple se vote de nuevo la vuelta al los estatutos de la comunidad, hay sentencias que corroboran que la vuelta a la legalidad por mayoría simple no es impugnable, y si no lo consigue tendrá que impugnar por perjuiciales e ilegales los acuerdos de su comunidad.
Si tiene seguro de hogar que cubra defensa jurídica, consulteles a ver si le cubrirían la impugnación.
Este tipo de comunidades es muy dificil concienciarles de qué es la legalidad, porque llevan cometiendo este tipo de prácticas de continuo. Además la viviendas mas pequeñas suelen ser pocas, por lo que tiene poco peso en las votaciones, y con la excusa de por mayoría se aplastan lode derechos de las minorías, es muy difícil, por no decir imposible concienciarles de volver a la legalidad, si no es por orden judicial
Ella asiste a la juntas, pero nunca ha recibido las actas, es más, no creo que se envíen a ningún vecino.
Ella pensaba que los gastos de comunidad se pagaban a partes iguales porque sí, y que los locales comerciales estaban exentos de pagos relativos al interior de la escalera, como limpieza, agua, pintado, etc...
Sin embargo en los estatutos, de los cuales solicité copia en el registro de la propiedad, no excluyen a los locales comerciales y los gastos son por coeficientes.
Su madre ha debido recibir, en el domicilio que ha facilitado a la Comunidad para estos efectos, las convocatorias a Juntas y las actas de las mismas.
Por otro lado, ¿ella o alguien en su nombre, asiste a las Juntas y ejerce el derecho a voto?.
Es decir, no importa, que los estatutos que están registrados establezcan que sea por cuotas.
Por otro lado se votó el año pasado que cada vecino ingresara cada 3 meses 50€.
Entonces entiendo que he de pedir al presidente que me facilite una copia del acta en la que se aprovó que todos los gastos de la comunidad sean a partes iguales y otra en la que figure que las plantas bajas están exentas de pagar gastos como lo de la escalera.
En el caso de no existir ese tipo de acta, ¿cuál es el procedimiento a sguir? Gracias!
Mi madre vive en una comunidad de vecinos y el otro día leyendo me enteré que según la ley de propiedad horizontal, los gastos comunitarios se deben pagar por cuotas de participación.
En esta comunidad siempre se ha pagado a partes iguales y he solicitado los estatutos en el registro de la propiedad y figura que debe ser por coeficientes.
Mi madre es la gran perjudicada puesto que es la que tiene la menos cuota.
Otra cuestión que es que hay dos locales y no participan en los gastos comunitarios y tengo entendido que han de contribuir a todos los gastos en función de su coeficiente.
¿Cómo puede exigir mi madre que se establezca el pago según los estatutos y que los locales contribuyan? ¿se tiene que aprobar en junta por mayoría?.