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Exento de la presidencia

3 Comentarios
 
Exento de la presidencia
29/12/2013 11:10
¿Existe alguna ley en Vizcaya que deje exento de la presidencia de la comunidad a un vecino que tiene una minusvalía ó discapacidad en grado de Absoluta?.
29/12/2013 11:27
Puede dejarle exento la comunidad de propietarios y nombrar a otro en su lugar.
Si la comunidad no accede a dejarle exento, una vez nombrado en junta como presidente tendran un plazo de un mes para acudir al juzgado y exponer el caso para que el juez le libere de ejercer el cargo. Es el juez quien valorara si la minusvalia que padece le imposibilita para ejercer el cargo o no.

art 132. El presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3.ª, resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al presidente en el cargo hasta que se proceda a nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial.
29/12/2013 11:28
es el articulo 13, 2 no el 132
29/12/2013 11:44
La comunidad tiene que usar la responsabilidad, si el propietario tiene tal grado de discapacidad,incluso si está incapacitado judicialmente, sencillamente ésto ya debería ser suficiente.