Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Exención y patrimonio de inmuebles arrendados.

1 Comentarios
 
Exención y patrimonio de inmuebles arrendados.
29/12/2019 10:30
Persona física de 72 años, que nunca la única actividad que ha ejercido es la del arrendamiento de inmuebles urbanos, antes conjuntamente con su marido; y ahora cobrando una pensión de viudedad. ¿Es compatible con esta situación la exención en el Impuesto de Patrimonio de estos inmuebles destinados a la actividad económica del alquiler? ¿Y con la Reducción en el Impuesto de Sucesiones?
29/12/2019 19:18
dafasa
El alquiler de inmuebles realizado por una persona física, normalmente y salvo excepciones, solo genera en IRPF rendimientos del capital inmobiliario.
Comprueba en la declaración de IRPF de los últimos años si ha sido declarado en el apartado " C rentas derivadas de inmuebles arrendados o cedidos a tercerosInmuebles" o en otro apartado distinto.