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Exención para presidir mesa electoral.

1 Comentarios
 
09/06/2016 16:10
La primera puede ser perfectamente válida,la segunda,para nada,salvo que puedas acreditar de modo fehaciente que la madre no puede hacerse cargo ese día.
Exención para presidir mesa electoral.
09/06/2016 14:54
buenos días,
he sido convocada para presidir mesa electoral el 26J.

Se me plantean dos opciones para solicitar la exención y no sé cuál de las dos aprobarán con mayor fiabilidad siendo las dos igual de ciertas:

- mi pareja, mis hijos y yo tenemos hecha una reserva de 4 días para un viaje; reserva hecha hace dos meses para disfrutar de las únicas minivacaciones de todo el año. No sé si podría considerarse un viaje "inaplazable" para la comisión que evalúe mi reclamación.

- por otro lado, mi hijo de 11 años - fruto de una relación anterior - está únicamente a mi cuidado, con lo cual cumpliría otro de los supuestos de exención al no poder dejarle al cuidado del otro progenitor para cumplir con mi obligación electoral.

Qué hago? Qué opción tiene más peso? La del hijo menor o la del viaje familiar?
Gracias.