Hola, tengo una propiedad en la que he estado viviendo los últimos 10 años, ahora con 65 años y una vez jubilado, me voy a mudar a otro municipio y quiero vender la propiedad en la que he vivido durante estos 10 años, ¿Pierdo mi exención de tributar por los beneficios de la venta, si ya no estoy viviendo en ella o hay un periodo de tiempo en el que mantengo dicho privilegio?
Gracias por su respuesta
No me queda claro: la exención se aplica en el momento de la venta. Y si la vende, lo lógico será (o lo habitual, al menos) será que ya no viva en ella.
Mi duda está en que yo me mudaré, antes de la venta de la propiedad y naturalmente me tendré que enpadronar en el nuevo municipio, por lo que en principio mi actual vivienda "ya no será mi vivienda habitual" y mi duda es: Si la venta se retrasa unos cuantos meses y yo ya estoy empadronado en el nuevo municipio, ¿Como se considerara? ¿Puedo beneficiarme de la exención o al no estar empadronado en ella pierdo el derecho de exención?
Gracias anticipadas por las respuestas.