"Artículo 41 bis Concepto de vivienda habitual a efectos de determinadas exenciones
1. A los efectos previstos en los artículos 7.t), 33.4.b), y 38 de la Ley del Impuesto se considera vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años."
Buenos días a todos
Tengo una duda a ver si me podéis ayudar,vendí un piso en el que vivi 10 años como vivienda habitual,lo vendí y compré en el que vivo ahora,acogiéndome a la exención por reinversion en vivienda habitual,en este segundo piso llevo viviendo 1 año y 7 meses
La duda es,podría irme a vivir con mi novia y alquilar este piso sin perder la exención que aplique o tengo que esperar a los tres años para que la consideren vivienda habitual?
Muchas gracias de antemano