Un autónomo me plantea que, respecto a la Ayuda extraordinaria de 2000 € para autónomos de Cataluña para el mantenimiento de la actividad por el covid 19, en relación al modelo 100 de IRPF, no sabe en qué casilla va esa ayuda, al parecer el borrador no le importa el dato a la declaración y en varias casillas que dice que ha probado le reduce sensiblemente la cantidad a devolver y en teoría esa ayuda está exenta de tributar por irpf, ¿ sabéis si está realmente está exenta de tributar o no ?.
La ley de IRPF, en su artículo 7 apartado y), dice que estarán exentas:"las demás ayudas establecidas por estas o por entidades locales para atender, con arreglo a su normativa, a colectivos en riesgo de exclusión social, situaciones de emergencia social,"
Hola proximo!
Según la info que facilita el organismo que las concede (vease "preguntas frecuentes"):
1.- Respecto a si está exento, está claro que no:
"He recibido el pago de 2000 € dirigido a autónomos. Tengo que declarar este ingreso a la Agencia Tributaria?
Sí, hay que declararlo, según la Agencia Tributaria estas ayudas no están exentas de contribución".
2.- Con respecto a cómo hacerlo, en el mismo apartado se dice:
"Si tengo que declarar, como lo he de indicar? En el caso de las personas trabajadoras autónomas que tributan por el sistema de estimación directa se indicará en el Modelo 130 como ingreso . En el caso de las personas trabajadoras autónomas que lo hacen por el sistema de estimación objetiva no lo deben indicar en el Modelo 131 sino en la casilla " Otras percepciones empresariales " de su declaración IRPF."
Muchas gracias por tu respuesta. Si bien es cierto que al parecer, las ayudas de este tipo que los autónomos soliciten y reciban durante el año 2021 sí que estarán exentas, se indica en el mismo apartado de preguntas feecuentes que refieres. Al parecer la causa es una reivindicación de la CCAA a Hacienda, consistente en que dichas ayudas, por ser excepcionales a causa de la situación de pandemia y tener por objeto que los autónomos no se vean abocados al cierre de sus negocios por la acuciante bajada de ingresos, se perciban íntegras y por ende no deban tributarse. La ayuda del año 2020 efectivamente no entra, lo cual hace que el autónomo en realidad no perciba 2000 €, sino una cantidad bastante inferior al haber tenido que tributarla, lo cual a mi juicio es injusto.
No he rebuscado en la normativa de esas ayudas. Pero, como criterio general, si hay discrepancia entre Hacienda y el organismo concedente, prevalece el criterio de Hacienda.