Muchas gracias lsd2, esa era mi duda al desconocer qué quería decir "excencion de prescripción". Por supuesto tu respuesta me ayudó!!. Muchas gracias por tu interés y atención
Hasta donde yo sé, eso quiere decir que la causa continua. No hay lugar a la exención, significa que no se puede tener en cuenta la exención, por lo tanto, si no se tiene en cuenta, continúa.
En Español de Castilla se debería decir no HABER lugar. Supongo que será un error de transcripción o tipográfico. También puede ser que en Argentina se use el verbo Hacer en vez del Haber, cosa que desconozco. O que el verbo Hacer tenga otro significado jurídico que en España, cosa que dudo mucho. En principio, creo que mi respuesta es correcta, salvo que alguien de Argentina, con conocimiento de causa, te diga otra cosa.
mucho gusto lsd2. concretamente dice: "resuelvo: NO HACER LUGAR a la exención de prescripción de la acción penal"... yo había entendido que no estaba exento de prescribir, osea que prescribía. Entonces era todo lo contrario?.... NO PRESCRIBE? desde ya muchas gracias a vos y a Andronica.
Significaría que no procede la exención de prescripción. Vamos, en definitiva, que no existe la la exención que se haya pedido por que haya prescrito el delito o el proceso. Imagino que se esgrimió esa excusa ante un juez para decir que esa causa no está pendiente porque habría pasado el plazo para perseguirla, y el juez ha denegado esa posibilidad, porque aún no ha prescrito, porque sigue viva.
Nota: Soy español, pero supongo que significará eso.
buenas tardes. soy de argentina, me gustaría que alguien por favor me explique qué significa NO HACER LUGAR a la exención de prescripción de una causa penal?... desde ya muchas gracias. Liliana