Si la sentencia sólo menciona gastos extraordinarios los médicos no cubiertos por la seguridad social es claro que la mencionada excursión no es gasto extraordinario, motivo, que la sentencia lo excluye al no mencionar como extraordinarios las excursiones ni gastos escolares o derivados de la escolarización.
Yo tb entiendo que sí pero como has dicho, Cimero, resulta una cantidad muchas veces tan ridícula y te ves con que la otra parte no entra ni entrará en razones de que no es para tí, si no para esa excursión que por eso muchas personas lo dejamos correr.
Las tomaduras de pelo, cuando se trata de dinero, duelen pero a mí, sinceramente, me duelen más las estafas emocionales para con los críos así que es un tema en el que paso de entrar porque a mí, repito, no me vale la pena.
perdón, quise decir extraordinarios (aunque todos los extraescolares son extraordinarios, pero por aclararlo)
Todo gasto que se escape a la rutina del menor, o que pueden surgir de forma irregular, son extraordinarios. Ejemplo:
excursiones
medicamentos (no sabemos si el menor se pondrá malo mañana o dentro de 3 años)
clases de natacion, baile o atletismo.
etc.
Yo entiendo que si y que deberia pagar la mitad, ya que los libros aunque sea una vez son gastos previstos pero una excursion es una acto extraordinario ya que durante el curso pueden ir una vez, tres o ninguna.
Supone muy poco dinero es como siempre por la dignidad y que no te tomen el pelo.
En el convenio no viene nada de gastos escolares solo los gastos medico no cubiertos por la SS.
Muchas gracias.