Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

exclusión reducción s.s. c.formación

0 Comentarios
 
Exclusión reducción s.s. c.formación
06/10/2015 20:37
Hola, les agradecería cualquier ayuda que me pudieran dar al respecto ya que existe bastante subjetividad entre asesorías, academias de formación y seguridad social en la aplicación de estos textos.

14.2.2 EXCLUSIONES
-El trabajador contratado no puede haber estado vinculado a la empresa o grupo de empresas en los 24 meses anteriores con un contrato indefinido o en los últimos 6 meses mediante un contrato temporal o mediante un contrato formativo, de relevo o sustitución por jubilación.

-Las empresas que hayan extinguido por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados, quedaran exlcuidas por un periodo de 12 meses de estas reducciónes. La citada exclusión afectará a un número de contratos igual al de las extinciones producidas.

En el primer caso contrate de forma temporal una semana y se extinguió el contrato (a modo de prueba). Al mes se volvió a contratar en modo foramación con lo cual se inclumplió el primer parrafo.
En el segundo caso fue por despidos improcedentes..

Mi pregunta sería:
¿la exclusión en las bonificaciones hacen referencia al primer contrato durante toda su vida (3 años en el contrato de aprendizaje, 36 mensualidades) o exclusivamente a las doce primeras mensualidades de dicho contrato? en la segunda prorroga expiraría la sanción.??

Muchas gracias