Tengo una pregunta para quien me pueda ayudar. Fui denunciada por exceso de velocidad. Me notificaron la denuncia por circular a 126 km/h y por un error de la Administración tomaron como velocidad máxima de aquella vÃa 70 km/h, cuando la velocidad máxima por la que se podÃa circular por aquella vÃa era de 90 km/h. Por tanto la denuncia pasaba de ser grave a muy grave, por lo que la cuantÃa y la retirada era superior a lo que debÃa de ser.
Yo entiendo que todas las actuaciones realizadas con anterioridad a la notificación del error y por tanto a la recalificación, quedan anuladas. Por tanto el plazo vuelve a empezar a contar desde la fecha desde que se cometion los hechos y nada de lo anteriormente notificado tiene valor. Mi pregunta es: ¿podrÃais informarme si existe alguna sentencia de lo contencioso-administrativo que cree jurisprudencia y que haya fallado sobre el tema en cuestión? Muchas gracias.