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Excepciones procesales

2 Comentarios
 
26/09/2012 19:58
Hola
Si se trata de un juicio ordinario, no serán cuestiones procesales sino de fondo y habrán de quedar resueltas en la sentencia.
Otra cosa es que si no hay prueba alguna que proponer porque se trate de una cuestión jurídica, puede quedar el pleito visto para sentencia en la audiencia previa.
Si necesita ayuda, información o cualquier consulta o escrito puede contar con nosotros.
www.asesorlegalgratis.com
04/09/2012 17:10
Yo lo haría.
Excepciones procesales
03/09/2012 17:06
Hola a todos/as

Tengo un cliente ( empresa) que le reclama otra empresa una deuda y ésta se encuentra prescrita.

Pregunto si alguien me puede decir:

-¿Puedo alegar falta de legitimación activa, falta de legitiamción pasiva y prescripción como cuestiones previas?

Muchas gracias.

Saludos.