Si el demandado alega esa excepción, se te dará traslado para que alegues al respecto. Finalmente el juez decidirá. Puede hacerlo sobre la marcha, o mediante auto en el plazo de 5 días, (ja). De cualquier forma, si, por ejemplo, el procedimiento correcto fuera el ordinario, se reconvertiría en éste y se continuaría por sus trámites sin más problemas, nada de cosa juzgada. La ley pretende que se solventen todas las cuestiones procesales y se entre a hacer justicia material.