Hola foreros,
A ver si me podéis ayudar.En mi sector de transporte terrestre hacemos un excedente de horas al año que..en mi caso me las daban a disfrutar en el mes de Diciembre (20dias)durante todo el año he ido generando exceso de horas (mes a mes).Pero resulta que estoy de baja laboral por intervención quirúrgica desde el 1 de Noviembre y seguramente hasta Enero no me darán el alta.
Mi exceso de horas (unas 200h) me las tienen que compensar económicamente o las pierdo??.Son horas de más que he hecho y no las he disfrutado.
Se deben de compensar como en el caso de las vacaciones??
Hay compañeros que se las pagan mes a mes.
Gracias de antemano
Un saludo