Te adjunto modelo de reduccion de jornada para estos casos:
ILITURGITANA DE HIPERMERCADOS.
Att / ...........................
...... a 15 de Mayo de 2009
Muy Sr Mío:
Por la presente y con motivo del nacimiento de mi hija ................................ le vengo a solicitar reducción de jornada por guarda legal, dicha reducción será por un periodo de ......................, con una reducción de jornada de un 50%, a razón de 18,25 horas semanales y con un tope de 885 horas año, en relación con la concreción horaria, esta se realizara de la siguiente manera:
De lunes a sabado de ....a ....... horas.
Así mismo y en relación con el complemento de Responsabilidad que las partes mantenemos, este seguirá en vigor, de manera que en caso de existir causa para flexibilizar el horario, se estara a las mismas, respetando en todo caso la jornada máxima proporcional a la reducción, tal y como se establece en el artículo 31 del Convenio de Grandes Almacenes.
Fecha de inicio, ........................
No obstante y en el caso de que usted entienda que no es posible concretar el horario en los términos establecidos en esta solicitud, ruego me indiquen si dicha solicitud llevaría aparejada la supresión del complemento de responsabilidad, a efectos de que esta parte pueda valorar si dicha reducción no proporcional de mi salario bruto atiende a los intereses para los que se solicita dicha reducción.
En EROSKI se aplica el convenio de grandes almacenes, el mismo que en carrefour,
TSJ de Madrid.
Como dice con acierto la empresa, el complemento que se reclama retribuye una serie de
peculiaridades centradas en la disponibilidad de ciertos puestos de trabajo (flexibilidad horaria, prolongación
de jornada), y esto es incompatible con la reducción operada por decisión de la trabajadora: Han
desaparecido las causas y condiciones que determinan el devengo del plus de responsabilidad. Como ha
declarado esta Sala en una reclamación semejante a la presente. "Los término del acuerdo son claros, y de
ellos se desprende inequívocamente que el complemento de responsabilidad se abona para compensar las
excepcionales condiciones de trabajo que recoge el punto 5º del acuerdo suscrito, y solamente cuando se
produce estas circunstancias es exigible su percepción.
y eso cm puede ser.... q fuerteeeeeee, yo te hablo de eroski, no se si se tendra el mismo convenio colectivo.... no lo creo...(ya te creo, hombreeee)
entonces, cm me puedo enterar de algo asi???
k puedo hacer entonces???
noooo, noooo.... no tengo nada firmado, mas k un contarto cm todo el mundo... a diferencia k mi nivel es un punto mas alto k el de otros...
creo k no se pierde el plus por concretar horario... dnd pone eso en el estatuto de trabajadores???
tu crees, k eso es asi.... si ahora se habla de coinciliar la vida familiar cn la laboral, k pasa k las mujers k somos madres, no podemos ser jefes??? si me hicieran eso los llevaria a juicio, y cn ese argumento... creo k lo tendria ganado....
Bale, lo que te queria explicar es que otros antes que tu, tambien jefes de seccion, han solicitado la reduccion de jornada, la empresa se la concede pero como el trabajador concreta el horario, la empresa le contesta que pierde el plus de responsabilidad o mayor dedicacion, puesto que con dicha concreccion horaria desaparecen las causas que originan el cobro de dicho complemento, por eso te hago incapie, en si tienes algo firmado con la empresa donde se refleje el cobro de dicho complemento de dedicacion a que se debe ?
noooo, nunca he firmado nadaaaa..... el suledo sube lo sune el ipc..... no???
yo como cobraba hasta ahora, 40 hr semanales....1000 e con 16 pagas
kiero media jornada, k seran 700 cn 16 pagas, pero si renuncio al cargo, y me kedo cn mi media jornada sin el, seria unos 450 a 16 pagas...
no puedo renunciarrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrr....
Esos 300 € que dices que vas a perder si renuncias a la categoria en concepto de que te los dan ? Lo del contrato no me refiero al contrato de trabajo, si no a las condiciones salariales que pactan los jefes de año en año.
holaaaa, gracias por contestar, de entrada...
no me renuevan el contrato año, tras año... desde hace 6 años tengo el mismo, el sueldo no es variable, es siempre igual....
Claro un mes antes de mi reincorporacion al centro, les voy a llevar el escrito de reduccion de jornada, por si acaso hay k ir a juico, k me de tiempo antes de entrar a currar...
cuando te hablo de nulidad, me refiero a k como kieren k renuncie, y yo no lo voy hacer, pos ahi no se si intentaran despedirme....
no se a k te refieres cuando me dices k ande cn ojo cn el horario.... yo no tenia horario, claro... imagino k si has trabajado en el tema sabes d k te hablo... y el k voy a pedir es de 8.30 a 13h,
yo creo k si me lo conceden luego me la meteran por otro lao, k seranpor el k cn esas horars tengo la seccion descuidada o algo asi.. tu k crees?????
En principio, una vez que te incorpores a tu puesto de trabajo una vez finalizada la excedencia por guarda legal, el despido solo sera nulo si demuestras que el mismo obedece a una vulneracion de derechos fundamentales, pero no tendras la proteccion de nulidad automatica a la que entiendo te quieres referir, excepto en el caso de que antes de volver a tu puesto despues de dicha excedencia solicites la reduccion de jornada por guarda legal, ya que a partir de dicha solicitud de reduccion de jornada por guarda legal, volveras a estar en el supuesto de nulidad automatica contemplada en el Estatuto de los Trabajadores.
, siempre que no se demuestre la procedencia del despido, claro esta.
Si te digo la verdar yo personalmente tengo bastante experiencia en este tema, ya que tambien era jefe de seccion en un hipermercado, ademas con niño pequeño, y lo tengo bastante trillado.
Una cosa muy importante que no debes de olvidar, es que seguramente tu salario esta compuesto por tu salario base, y un complemento de flexibilidad o dedicacion, que podrias perder en caso de concretar el horario, por lo que te aconsejo que la concreccion horaria la hagas con idea, una cosa que tambien tendras es algun contrato con la empresa que renuevas de año en año, hablando de tu salario, bueno si me contestas te ire diciendo mas cosillas, creo que te puedo hechar un cablecillo.
hola a tod@s, estoy disfrutando de una excedencia, por maternidad, esta finalizará el 1 de junio 2010, mi intención es reducir jornada, ya tengo preparado el escrito... pero mi pregunta es la siguiente:
yo trabajo en un hipermercado, como jefe de seccion, y la intencion de mi gerente, es que al volver, yo renuncie al cargo, en un primer momento, pemse k eso era lo mejr, ya k iba hacer menos horaas, y bueno, en base a mis compañeros seria lo mejor, pero hacer esto, es dejar de ganar unos 300 euros al mes, y la verdad, pensandolo bien, no voy a renunciar...
entonces al volver al trabajo, yo sigo con todo igual, nO??
SE RETOMA MI CONTRATO ANTIGUO, y punto?? y sigo cn mi reduccion en base al salario cm jefe de seccion?? me podria despedir, al volver de la excedencia, o se consideraria nulo el despido por ser una excedencia por maaternidad???
nose si me he explicado bien, espero k alguien me pueda ayudar....
muchas gracias a tod@s!!