La excedencia voluntaria no es una situación legal de desempleo, pero si una vez finalizada volvieras a tú empresa y posteriormente tuvieras un despido estarías en situación legal de desempleo. Igualmente, si te hicieran un contrato en otra empresa a la finalización del mismo también tendrías derecho a desempleo. Salvo que el contrato por ser de muy corto tiempo fuera considerado en fraude de ley por el INEM, pero en este caso habría que demostrar dicho fraude.
En cuanto a las fórmulas alternativas que comentas tendrán que ser de mutuo acuerdo con tú empresa, bien a través de un permiso no retribuido o de otras causas en las que podaís poneros de acuerdo para suspender la relación laboral.
Llevo trabajando en una empresa aproximadamente cuatro años (con contrato indefinido) y me estoy planteando el pedir una "excedencia" para estudiar en el extranjero. He revisado el convenio de oficinas y despachos (es el que me corresponde) y he visto que las excedencias voluntarias son de 2 a 5 años con derecho preferente bla bla ...
Sobre el tema tengo dos dudas:
1. si a la vuelta me contrata otra empresa (o la misma) y luego me despiden en breve ¿tengo derecho a cobrar la prestación de desempleo por todos los años que llevo trabajando hasta la fecha ?
2. ¿existen fórmulas alternativas (e imaginativas) a la excedencia que puedan plantearse a la empresa (o sea que sean legales y beneficie a la empresa respecto a la situación actual) y que supongan mayor ventaja para el trabajador ? estoy pensando en cosas del tipo : formación del trabajador con costes compartidos , renunciar a cobrar nómina durante el período pero sí seguir cotizando en SS etc. . No se si existen estas posibilidades o similares
gracias