Totalmente de acuerdo con la respuesta que te han dado.Tomas posesion en la nueva plaza y simultaneamente pides excedencia por encontrarte prestando serivicios en sector publico.Art.29-3 a) Ley 30/84.
La nueva situacion, te supone que en caso de abandono del primer puesto, deberas ponerlo en conocimiento y tomar posesion en el plazo de un mes, caso contrario quedarias automaticamente en la situacion de excedencia voluntaria ordinaria
No tienes por qué cesar en tu administración actual. Toma posesión de tu nueva plaza y presenta el escrito de solicitud de excendencia voluntaria por prestar servicios en el sector público. En mi administración siempre se ha entendido que procede, y de hecho el decreto regulador de situaciones administrativas no lo limita en este sentido.
Hola a todos, mi situación es la siguiente:me prepare simultaneamente 2 oposiciones de distintas administraciones locales y he aprobado las 2. En una de ellas llevo trabajando desde el 1 de Abril de 2006 y en la otra han salido las notas recientemente y también he obtenido plaza pero aún no se ha iniciado el plazo de presentación de la documentación y demás trámites para la toma de posesión. La cuestión es que yo no quiero cesar en mi actual puesto de trabajo pero al mismo tiempo me gustaría tomar posesión de la nueva plaza SIN INCORPORARME por si en un futuro decido cambiar de aires. Me gustaría saber si esto es posible o si por el contrario es obligatorio que solicite excedencia por servicio público en mi actual administración y tenga que incorporarme a la otra administración para una vez dentro de esta solicitar nuevamente otra excedencia para poder volver a mi admón. actual. En mi trabajo me han dicho que es al otro ayuntamiento al que le corresponde autorizar dicha posibilidad de tomar posesión de la plaza sin llegar a incorporarme.