Hola fish, me tengo que marchar ahora, pero tu solución va contra el famoso "solve et repete". Además ten en cuenta que los "derechos" se caracterizan por su reflexivilidad, vaya palabrita.¿ Y si no reconocen tu derecho a la incorporación pasados los dos años del burofax? ¿lo reclamas como una obligación ex post contractu?.... Hummmmm lo veo muy complicado, pero no imposible.
A ver si lo podemos hablar en otro momento, pero voto por reclamar "antes de".
Maria, vale ya de preguntas, haz algo mujer.
primero.- haz lo que dice fish, manda el burofax
segundo.- antes de que se acabe la relación laboral con la empresa A, presenta papeleta de conciliación
tercero.- te deseo muchos éxitos en tu nueva etapa profesional, no pasa nada, tienes trabajo y si reclamas vas a tener excedencia, incorpórate a la empresa B sin problemas.
Tu caso es de muy fácil solución, y muy agradecido, pase lo que pase todo serán beneficios para tí.
Ahí va mi solución. Envías burofax o carta con acuse de recibo comunicando (no solicitando, no pides un favor sino que te acoges a un derecho) que te acoges a una excedencia voluntaria a partir del dia tal hasta el dia cual y que te vayan preparando el finiquito.
Creo me explique mal.. mi jefe es amigo.. él no decide si me da o no la excedencia. Lo que han hecho es decirme de palabra que no.. puse 2 años de excendencia.
Cometo algun delito si me incorporo a la otra empresa dentro de 16 dias...?? quiero decir... que yo he presentado mi solicitud... aunke tuviera que ir a conciliar.. eso ya es otro problema no??
Perdona María por haberme entretenido.
Cuánto tiempo quieres estar en excedencia?. Tienes que presentar una petición con un lapso temporal entre los dos y los cinco años. A eso tiene que contestar la empresa en tres sentidos. O aceptan lo que pides. O no aceptan el tiempo que pides y te indican otro. No contestan o te deniegan el derecho.
Lo de "excedencia voluntaria por razones personales", es como decir "querella criminal", todas las querellas son criminales y todas las excedencias voluntarias son por razones personales, que eso no te preocupe.
Si tu jefe acepta el plazo que tú quieres y encima te da el derecho a prorrogarla hasta los cinco años, genial....pero que te lo concedan por escrito.
Finalmente, si no te aceptan la excedencia voluntaria y lo te fuerzan a una baja voluntaria, efectivamente habrá que intentar una conciliación antes de que se produzca la extinción del contrato de trabajo , según creo, y si no hay conciliación habrá que demandar, sí.
Puedes hacer más cosas, llévate algún argumento bueno para negociar en la conciliación, por ejemplo que como no han dado motivos y se han limitado simplemente a denegarte un derecho reconocido por norma material, tienes opción de presentar denuncia ante la inspección de trabajo. Algo necesitas para animarles a que te lo concedan pronto y este puede ser un argumento a tu favor. Si te conceden la excedencia en conciliación, quitas la denuncia, o algo así. De momento es lo que se me ocurre.
Suerte
Nando soy abogado.
La libertad de expresión es un derecho que , como muy bien sabes, no sólo consiste en decir lo que se piensa, sino y esto es importante, en no dar razones de por qué has dicho lo que has dicho y no otra cosa. Pero yo te las doy, básicamente por tu buena educación a la hora de criticar.
Respondo por mis coletillas, salvo que exista alguna norma interna que tengáis por aquí que me impida expresarme libremente. Si es así pido disculpas y no lo hago más, pero claro, sería sorprendente una especie de censura virtual sin que me explicaras por qué he de seguirla.
Lo de la ong, me suena (sin ánimo de ofender) onomatopéyico, pero ante todo yo no veo el problema que tú ves, lo siento.
En cuanto al visite nuestro bar, generalizas. Verás el visite nuetro bar lo he usado dos veces, y cuando llega a un punto que este medio no es práctico para el trabajador.
En cuanto a mi tiempo según tú sobrante, soy un profesional liberal (al que le gustaría moverse únicamente en esta jurisdicción, porque tengo una habilidad especial para tocarle las narices a las empresas), y me organizo como quiero, no tengo jefes. Mis jefes son mis clientes y a ellos me dirijo siempre.
Si quieres más detalles ya sabes protrabajador@hotmail.com, te doy mi teléfono tú me explicas y si quieres te cuento mis cuitas.
Saludos.
jes, ante todo, reconocer que en general, valoro tu aportación a este foro, sobretodo por la visión práctica de un profesional del derecho, pero...
y sin ánimo de ofender, y como continuación de otro comentario mio en otra cuestión planteada,
esa coletilla tipo "visite nuestro bar" con la que acompañas buena parte de tus intervenciones, creo, sinceramente, que sobra.
Salvo, como ya dije, que hayas montado una especie de ONG de asistencia jurídica al necesitado, totalmente altruista y gratuita.
(vaya, que das la imagen, tal vez no ajustada a la realidad, ojo, que necesitas más clientela y te sobra el tiempo para promocionarte por estos lares, al tiempo, por supuesto, de contribuir con tu valiosa aportación).
Gracias Jes otra vez, pero lo que no me aceptan es la excedencia ahora... y me tengo que incorporar a la otra empresa en 17 dias.. tengo que denunciar??
mi jefe me dijo que pusiera en la carta excedencia voluntaria por razones personales y me reservo el derecho a prorrogarla por el tiempo maximo previsto en la ley.
Hola maría. Como dicen los dominicanos, "no te apures".
primero.- tienes que decir cuánto va a durar tu excedencia y cuando se acerque el día de su fin, preavisar con bastante antelación.
segundo.- olvídate de las prórrogas, cuando acabe tu excedencia, sólo podrás pedir otra nueva y para pedir una nueva tienen que haber pasado cuatro años desde la última.
tercero.- por supuesto que pueden alegar que no hay puesto disponible, esto no es jauja. en ese caso tu derecho a entrar cuando exista una vacante adecuada, se prorroga hasta que aparezca esa vacante. Pero para eso tienes que estar tú al tanto, porque la empresa va a pasar de tí...existen mecanismos judiciales para controlar todo esto, es decir para enterarte si existen vacantes, y si existen puedes ejercitar una acción de reingreso....¿pero cómo estará la legislación dentro de unos años? pues no lo podemos adivinar, asi que habrá que esperar querida maría.
Si quieres conseguir algo jurídico y no sabes como, desde luego lo que tienes que hacer es contratar a un abogado de tu confianza.
Y llegados a este punto, permíteme que me presente : protrabajador@hotmail.com, si quieres más datos míos, te los puedo dar claro.
En cualquier caso, suerte.
Eso no lo sabia.. que tenia una duración cierta. Eso quiere decir que tengo obligatoriamente que fijar una fecha de antemano?? o que llegada la fecha no puedo pedir una prorroga?? .
Por otro lado.. puestos a las malas (pues creo que no les gustara mucho la idea de mi excedencia) entiendo que no hay limite para que me admitan, es decir, pueden alegar que no hay puesto disponible ... expira en algun momento mi petición de reingreso??
María, en cualquier petición que hagas a una empresa no es bueno que dejes volar la imaginación del empresario. En la solicitud que hagas, pon en mayúsculas y con negrita el plazo por el que solicitas la excedencia. Si son dos años, cuando lleves un año y diez meses, avisa por escrito de que te quieres incorporar...si no te contestan al mes metes otro escrito y si no te contestan burofax a los quince días de que se cumplan los dos años. Si a los dos años y un día no te han dicho nada...al juzgado.
Pero la excedencia voluntaria tiene siempre un límite temporal cierto. Si la pides por dos años...no se pueden eternizar hasta los cinco.
Buenos dias. Muchas gracias Jes de nuevo. Que pasa si , aun solicitando mi reingreso a los 24 meses .. transcurren los 5 años de excedencia máxima??.. acabado ese plazo deben readmitirme o por el contrario ya se acaba toda relación laboral?
Si es posible tu reingreso (porque exista una vacante adecuada en tu centro de trabajo o en otro que tenga la empresa), se respeta tu antigüedad, tu categoría, tu salario y con mucha, mucha, suerte, tu puesto de trabajo. Ahora bien, el tiempo que estás en excedencia (no menos de dos años ni más de cinco), no computa a efectos de antigüedad. Al leer lo que te he escrito antes, veo que me he obsesionado con el problema real del retorno (especialmente en empresas pequeñas) y no te he detallado bien el trámite de solicitud. Verás: Es raro que una empresa no conceda la excedencia voluntaria. Contra la no concesión, más raro todavía es que no la conceda un juez. Pero, y esto es muy importante: no te tomes la excedencia por tu cuenta... tiene que existir un reconocimiento empresarial expreso, en un papelito. Esto no es óbice para que desde luego la excedencia sea un derecho de configuración legal, y por tanto, ofrece poco margen para el desarrollo de la "creatividad" del empresario. Si lo pides o te lo da la empresa, o te lo da el juez.
También haces referencia a que la empresa puede cerrar...Esto sería un problema, porque si cierra por expediente de regulación de empleo, no vas a ver ni un duro. Si tienes tan claro que va a cerrar, intenta que te reconozcan esto como una obligación que asume la empresa, es decir, que en caso de cierre de empresa con extinción autorizada de contratos de trabajo, se te incluya en la relación de trabajadores con derecho a indemnización, o algo así. En realidad puedes pactar lo que quieras, si es que puedes.
Yo en tu caso, si tienes otro puesto de trabajo decente y con esa antigüedad tan maja, forzaba un despido y iba con mis 45 días, tan contento. Pero claro, hay que valer para esto.
Gracias Jes. En mi convenio colectivo no aparece absolutamente nada sobre las excedencias voluntarias y dice que para lo no reglado en el Convenio se estara a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores. Mi convenio es Empresas de Ingenieria y Oficias de Estudios Tecnicos.
Mi duda sobre todo esta en saber... si siendo posible mi reingreso... se me computaria la antiguedad que ya tenia?. Esto sobre todo lo quiero saber porque puede ser que la empresa pueda cerrar en un futuro. Muchas gracias
Hola María. Es un derecho de los que vienen en el estatuto de los trabajadores y por tanto no depende de la voluntad de la empresa. Pero el problema ´no estará en la concesión, sino en que este tipo de excedencia no conlleva reserva del puesto de trabajo. En la práctica es difícil reincorporarse tras la finalización de la excedencia voluntaria, pero no imposible. Mira tu convenio colectivo antes de hacer nada.
Buenos dias: llevo 14 años trabajando para mi empresa y por circunstancias me gustaria cambiar de tipo de trabajo. Puedo solicitar una excedencia voluntaria? Es un derecho legal o solo es voluntario si la empresa lo acepta?.