Ni lo uno ni lo otro.
Le pueden decir misa, usted debe cumplir la excedencia, una vez cumpla está y antes de que finalice debe usted solicitar su reincorporación y entonces la empresa puede contestarle, (que lo hagan por escrito), que se reincorpora, que en ese momento no hay plaza para usted, (debe usted enterarse de si han contratado a alguien para sustituirla), si así fuera cuando usted solicite reincorporarse deben finalizar el cto de su sustituta y readmitirla a usted, si por contra no contratan a nadie para sustituirla debe estar atenta a posibles Cross de otros trabajadores con su categoría, si tras comunicarse ingreso le dicen que de momento no hay plaza y están contratando gente de su categoría usted puede demandar a la empresa por despido improcedente.
En cuanto a renunciar pierde usted todos sus dichos, (indemnización, dcho a prestación por desempleo).
smo
Llevo 10 años en mi empresa, tras un cumulo de acontecimientos personales y antes de coger la baja por ansiedad o depresion, solicite una excedencia voluntaria de 6 meses para reponerme mentalmente ya que trabajo de cara al publico y mi situacion emocional afectaba a mi rendimiento.
A la semana de disfrutar de mi excedencia uno de mis jefes me ha expresado que no quiere que me reincorpore tras esa excedencia.
En estos casos, como he de proceder?
Renuncio al trabajo o consta como despido?