Hola liberté, y los demás.
Rizitos: He intentado hacer un resumen del otro hilo porque me daba la impresión de que estaba usted liada y para dejarlo todo claro, clarito.
Ahora, la decisión es suya.
Totalmente de acuerdo con lo que ha expuesto mosca. Por cierto, ya se te explicó en el otro hilo que abriste hace unos días.
Debes saber que la cuantía de la prestación por desempleo se calcula sobre las cotizaciones realizadas en los últimos 180 días. Por lo tanto, influirá si el contrato e a tiempo completo o a tiempo parcial.
Cuidadín con la legalidad del contrato. Si es una chapuza de contrato, te puedes meter en un lío, al igual que el empresario que te lo haga.
Bueno, a partir de ahora, creo que tienes elementos más que suficientes para tomar una decisión correcta.
Lo que se pretende aquí es marcharse de la empresa de forma voluntaria y cobrar la prestación por desempleo.
Partiendo de la base de que la prestación no está concebida para quien abandona de forma voluntaria un empleo, puede haber alguna posibilidad legal:
Encontrar un nuevo empleo y que el trabajador sea despedido o haya un fin de contrato sin renovación por parte de la empresa. Entonces sí podría cobrarse la prestación. ¿Duración de ese contrato? Pues cuanta más mejor, para que el SEPE no presuponga fraude. Si el nuevo contrato termina por "no superación del periodo de prueba" deben haber pasado, como mínimo, tres meses desde la baja voluntaria.
En cuanto a la excedencia, se pide, se encuentra un nuevo trabajo, éste finaliza a instancias del empresario (despido o fin de contrato) y, para cobrar la prestación el trabajador debe primero solicitar el reingreso en la empresa anterior y la empresa denegarla, con lo cual, ya estaría en situación legal de desempleo.
De todas formas, Rizzitos, la prestación por desempleo acaba terminándose y a partir de los 6 meses se cobra el 50% de la base... vamos que no es ningún chollo. A parte del tema de la voluntariedad del desempleo... que ahí no entro ya de puro cansancio.
No soy nadie para dar consejos, pero ¿no se ha planteado usted traerse a su padre a vivir con usted y conservar el empleo?
Buenas, de ``cobrar´´ lo mismo da una que la otra, la baja voluntaria no conlleva ningun tipo de indemnización solo se te pagara el finiquito correspondiente y la excedencia voluntaria lo mismo. En ambos casos no se tiene derecho a desempleo ya que la baja viene causada por parte del trabajador de forma voluntaria.
La diferencia principal entre una opción y la otra es el ``cierto´´ derecho con la excedencia voluntaria al reingreso que queda referido a un derecho preferente en la misma categoria o similar a la que venia desempeñando.
En la mayoria de las empresas se deniega este derecho por no existir puestos vacantes en la misma categoria o similar. Con lo que terminara posiblemente en demanda.
Pero la excedencia tampoco te permite echar el desempleo, lo que si obliga a la empresa a mantenerte el puesto de trabajo, si a la hora de reincorporarte no quieren ellos, entonces si deben de indemnizarte y a parte ya podrías echar los papeles para del desempleo. De todas formas yo lo consultaría con una abogado, tienes webs donde la primera consulta es gratuita como por ejemplo Legalcom.es
No tienen nada que ver una figura y la otra.
La baja voluntaria supone su extinción del contrato con la empresa, por voluntad de usted, sin derecho por tanto a indemnización alguna, ni a prestación por desempleo.
La excelencia voluntaria es una marcha temporal de la empresa, que obliga a la misma, a respetar su puesto de trabajo.
Un saludo
Me gustaría que alguien me aclarara que pedir mejor en mi caso!.Ya que mi jefa me ha dicho que ella cree que es mejor que pida,la baja voluntaria y no me fío un pelo de ella,me dice que con un simple contrato de 2/3 días que me hagan en la comunidad autonoma ha la que me desplazo por atender ha mi padre,enfermo y minusvalido,y tres meses sin solicitar mi prestación por desempleo,seria suficiente para luego ya cobrarla,sin problema.Un tanto raro me suena.Me lo dijo hace una semana y sigue insistiendo en lo mismo,ahora que he cambiado de opinión y he optado mejor por pedirla al excedencia voluntaria!,me huele muy mal tanto empeño.Alguien por favor que me pueda aclarar cual es mi mejor opción!,es urgente!,muchas gracias por vuestra atención.Un saludo.