Buenas. Tengo una plaza en propiedad como estatutario fijo en un sistema autonómico de salud. He aprobado un concurso-oposición también como estatutario fijo en otro sistema´autonómico de salud (me refiero en otra autonomía), en la misma categoría profesional.
¿Puedo acogerme a excencia voluntaria por prestar servicios en sector público, justo al coger esta segunda plaza, y quedarme trabajando en la primera, que ya tenía?
Sé que el estatuto marco te dice que "debe ser en otra categoría u otro regimen (es decir, no estatutario), pero... SON DIFERENTES ADMINISTRACIONES (diferente sistema autonómico de salud) y segundo... también dice textualmente que "tambié corresponde esta situación cuando se presten servicios en Organismos publicos y no corresponda quedar en otra situación".
¿Que opinais??
Gracias