Es por esto que entendí que al hablar de una excedencia pactada se refería a una excedencia voluntaria. Si me equivoqué que lo diga y le damos la respuesta pertinente
No soy yo quien deba defender a la consultante. Pero si tiene razón en solicitar una excedencia y que si es para hacer un parón para eso está regulada la voluntaria que no exige requisito alguno.
Otra cosa es lo que tu llamas "catadura moral" de la gente, pero eso es debido porque es es la "filosofía" imperante en muchas ocasiones en las consultas y porque el desempleo es un paraguas para situaciones fraudulentas en muchisimas ocasiones.
Cuantas veces hemos oido "me voy a pedir la baja", "voy a que me den la baja" o "mañana vuelvo con la baja". La baja la autoriza el médico y no es a libre deseo del trabajador. Pero las cosas son así.
"pero si la negación de un acuerdo para mi despido".
Los despidos acordados no existen, son un fraude.
"yo animicamente tengo ganas de un parón"
Y yo de que me toque la lotería. Se decente y pide la baja voluntaria, coges tus ahorros y te vas a la playa.
Cada vez cuesta mas participar en este foro viendo la catadura moral de la gente. Vienes a ayudar y lo unico que te encuentras son chanchullos y gente que quiere cobrar sin trabajar.
SALUDOS.
En tu caso estaríamos hablando de una excedencia voluntaria cuyos requisitos están regulados en el art. 46 del Estatuto de los Trabajadores. Esto es, necesitas de un año de antiguedad en la empresa y su duración no será menos de cuatro meses y no mayor a cinco años. De ti depende la elección del periodo de la duración de la excedencia.
En tu reincorporación una vez finalizado el plazo de excedencia tendrás un derecho preferente al reingreso en igual o similar categoría que hubiera o se produjeran por la empresa.
La excedencia deberás solicitarla por escrito indicando que es voluntaria, así como las fechas de inicio y finalización dentro de periodos indicados. La empresa deberá contestarte por escrito y, en principio, no debe porque oponerse.
Finalmente mira en tu convenio colectivo por si hubiera una regulación mas concreta a la que exige el ET.
Desde hace unos meses he presentado a la empresa mi manifiesto de malestar con ellos. Los motivo viene desde unos cambios organizativos que hubieron.De los cuales me he visto perjudicada. Aunque la empresa argumenta q el motivo es la poca carga de trabajo (meses flojos para el sector). En ese momento se planeteo un posible cambio de departamento o bien llegar a un acuerdo para mi despido.
Hasta la fecha no he tenido ninguna propuesta de cambio, pero sí la negación a un acuerdo para mi despido. A todo esto yo me planteo proponerles una excedencia pactada. No tengo muy claro (tan sólo por lo que he leido) si la empresa esta obligada a reincorporarte a tu puesto de trabajo, en la fecha que ambas partes acuerden y con los mismos derechos. Pues como ellos alejan la carga de trabajo actualmente es baja, y yo animicamente tengo ganas de un paron. Y cuáles serían los pormenores para cada parte?