La excedencia es un derecho recogido en el ET en el art. 46 y como tal derecho que tiene el trabajador no se la pueden negar. Por cierto su caso se acerca mas al 46.3 segundo parrafo que al 46.2 ET.
Y otra pregunta: ¿la empresa puede denegarme la excedencia o están obligados a concedermela? Porque imagino que si les digo que deben darme los 4 meses que solicito seguro que se negarán porque solo desean darme 1 mes.
Exacto. Yo solicité 4 meses, lo cual está dentro de los límites que dice el Estatuto de Trabajadores y por alguna razón que desconozco ellos quieren darme el tiempo que les da la gana. Entiendo que esto no es legal, ¿no?
Posible es todo si usted traga, No, no ouede acogerse a una excedencia en la que el tiemoo minimo son 4 meses, sl menos tendra que ser de esta duracion.
Tampoco se puede negociar el tiempo porque la norma fija unos limites maximos y minimos y luego es el trabajador quien dentro de esos limites fija el plazo que mas se adapte a sus intereses.
El art 46 del ET establece que la excedencia voluntaria no puede ser inferior a cuatro meses ni mayor de cinco años. El trabajador debe determinar la duración de la excedencia dentro de dichos límites. El empresario debe concedérsela de forma expresa y por escrito, fijando el inicio de la misma.
Por tanto estás dentro de los límites que fija e Estatuto de los Trabajadores, y la empresa ha de respetarlo. Si no lo respeta, la única solución es la vía judicial.
Tengo 1 año y 7 meses trabajando en mi empresa. Mi padre se ha enfermado de gravedad y he solicitado una excedencia voluntaria para poder cuidarlo. Leí en el convenio que es mínimo 4 meses y justo ese tiempo fue el que solicité; pero me he enterado por otras fuentes que los jefes solamente me darán 1 mes.
¿Es esto posible? ¿Puede la empresa otorgarme menos tiempo de excedencia de lo que estipula la ley? ¿Se puede negociar el tiempo de excedencia?