A ver si entre todos me podéis ayudar a resolver unas dudas que tengo ^^
El 11 de mayo me voy a Australia durante (como mínimo) un año para estudiar inglés y trabajar a media jornada con visado de estudiante. El problema es que no sé qué hacer en la empresa que trabajo. En la empresa llevo trabajando 3 años con contrato indefinido.
Había pensado pedir una excedencia voluntaria por un periodo de 1 año con posibilidad de prórroga. He leído que si no formas parte del personal directivo o técnico especializado puedes pedirla dentro un plazo no inferior de dos semanas antes de irte. ¿Es verdad?¿ Puedo pedir la excedencia dos semanas antes de irme o debo dejar más tiempo?
Tampoco sé si pueden negármela, ha habido otras compañeras que la han pedido y se la han dado pero tengo miedo que me la nieguen ya que no sé si legalmente lo pueden hacer.
Para acabar con el tema excedencia, me gustaría saber si con ella tengo derecho a cobrar el finiquito como si se tratase de una baja voluntaria.
No sé que me puede beneficiar más, si una excedencia temporal o una baja voluntaria y en caso de coger la baja como se calcularía el finiquito.
En esta pagina web tienes toda la información que buscas.
También puedes buscar en este foro por.
EXCEDENCIA Y PARO.
Te aseguro que encontraras tú respuesta.
http://www.porticolegal.com/foro/laboral/347687/excedencia voluntaria
He leído todo el apartado de excedencia y paro y si bien se me han aclarado muchas dudas, me han surgido otras que me gustaría que me pudieseis ayudar.
1. Si al finalizar la excedencia de un año solicitase la vuelta al trabajo y me la negasen, se entiende que no tengo ningún derecho a cobrar el paro, a no ser que encontrase otra empresa en la que trabajase como mínimo tres meses para poder cobrar la prestación, teniendo en cuenta los últimos 6 años cotizados para marcar el tiempo de paro y los últimos 180 días de cotización para la cantidad final.
2. En caso de que quisiese ampliar la excedencia, no lo podría hacer a no ser que contase con el beneplácito de la empresa indiferentemente del tiempo que quisiese de prórroga. Si la empresa no lo consiente no tengo derecho, ¿verdad?
3. Durante el primer año están ‘’obligados’’ a conservar el mismo puesto de trabajo, a partir de aquí no están obligados a que sea el mismo puesto ¿no?
Teniendo en cuenta todas estas cuestiones, quizá sería mejor poder pactar un despido improcedente (que la empresa te arregle los papeles a cambio de renunciar la indemnización) para que al volver, pudiese tramitar el paro con el tiempo cotizado hasta la fecha (en España) incluyendo la exportación de lo cotizado en Australia.
Respecto a los puntos 1 y 2, efectivamente, aunque comn algún posible matiz en el punto 1, es como tú dices.
Respecto a punto 3, no, no tienes reserva de tu mismo puesto de trabajo durante el primer año ni de ningún otro más adelnate. Creo que estás confundiendo con la excedencia por cuidado de hijo.
En el caso de excedencia valuntaria, que es tu caso, no hay ningún tipo de reserva de puesto de trabajo en ningún momento, ni de tu pusto ni de ningún otro. Simplemente exista en "drecho preferente a ocupar una vacante de igual o similar categoría". Normalmente suele ser papel mojado, salvo que, efectivamente, llegado elfin de la excedencia y habiendo tú solicitado el reingreso, existan evidencias claras (procesos de seleccion abiertos, contrataciones...) que de existen realmente vacantes de tui mismo o similar perfil en la empresa.
Ah, se me olvidaba, y respecto a tu último párrafo, no sé si has cáído en la cuenta de que lo que estás proponiendo es un fraude.
¿De verdad pides asesoramiento respecto al mismo?
Por lo que comentas del fraude, creo que estas totalmente equivocado.
1: No es ningún delito pactar un despido con tu empresa. Básicamente porque a ella no le cuesta nada y tu renuncias a una indemnización a cambio de un derecho que es el de cobrar la prestación por desempleo, siempre que hayas cotizado el tiempo requerido.
2. Antes de acudir al foro fui a las oficinas de inem y ellos mismos me aconsejaron que si tenía paro lo guardase ya que, evidentemente, si estudio o trabajo fuera de España no lo puedo cobrar. Eso lo puedo encontrar más o menos justo pero es lo que hay y lo respeto. Conozco muchos casos de personas que van a estudiar fuera y como no tienen derecho al paro lo firman digitalmente desde España familiares o amigos. Eso sí que es ilegal, y no es mi caso. Lo que a mí me aconsejaron los trabajadores del inem (y lo que pienso hacer) es pedir la solicitud para importar la cotización de todo lo que pueda trabajar en Australia para que se me compute aquí. Puede que durante un tiempo no trabaje aquí por lo cual no cotizaré pero tampoco cobraré nada ni haré chanchullos para hacerlo, pero lo trabajado y cotizado en otro país lo traeré para que cuente en mi vida laboral, tal y como lo indica la ley.
realmente no es un delito (ya que no existe pena para el tipo) el pactar una baja voluntaria, pero el que no sea un delito no implica que se este no se realize en fraude de ley, defraudando a la Seguridad Social.
El abandonar un trabajo por voluntad propia es una baja voluntaria que no tiene derecho a paro, si falseas documentos para tener derecho a paro, estaras cobrando una prestacion a la que no tienes derecho, dicha prestacion es para ayudar a aquellas personas que pierden un trabajao hasta que encuentren otro, no para que tengamos periodos de dos años de vacaciones pagadas.
Como ya te han dicho, no, no es ningún delito (yo no he dicho que lo fuera, no te van a meter en la cárcel por esto, claro), pero es un fraude (que es lo que yo he dicho).
Repito (y aunque te parezca que yo estoy equivocado), pactar un despido, al menos en el sentido de vestir o dar apariencia de despido a algo que en realidad es una baja voluntaria y con la intención de obtener una prestacion pensada para otros fines y con otros requisitos, ES UN FRAUDE.
Y es un fraude del que, de evidenciarse, y además de el no derecho a la prestación pretendida, pueden derivarse sanciones, tanto para el trabajador como para la empresa.
Pero lo que más me choca es justo tu argumento para entender que no es un fraude: "porque a la empresa no le cuesta nada y tu renuncias a una indemnización a cambio de un derecho que es el cobrar prestacion por desempleo"
Vamos a ver, tú no renuncias a nada, ya que eres tú el que te quieres ir, la empresa no debería indemnizarte por nada,
y no, el cobrar la prestacion no es "tu derecho" puesto que no se dan en realidad las condiciones exigidas que son, además del tiempo cotizado (que parece sí cumples) estar en situacion legal de desempleo (y una baja voluntaria o una excedencias voluntaria no lo es).
¿no es un fraude "porque a la empresa no le cuesta nada y a ti te hace cobrar el paro?
pues mira, es un fraude justo por eso.
Estamos ante una connivencia entre empresa y trabajador para obtener un beneficio y a costa de una prestación pública simulando algo que no es (porque lo que es no da derecho a esa prestación).
Pero claro, soy yo el que está equivocado.
En todo caso, mucha suerte en ese proyecto personal. A mi y seguro que muchos más de este foro también me hubiera gustado porder hacer algo así, y encima con ayuda pública, pero no se me ocurrió cometer un fraude para ello y menos aún pedir asesoramiento en un foro de derecho (y, por supuesto, nunca se me hubiera ocurrido dar a entender que tal conducta no fuera un fraude).
Nando_bcn: lo has explicado ya varias veces... y todas igual de correctas!!!
Yo creo que la gente pregunta siempre lo mismo por si "han cambiado la ley" xD.
Entiendo y respecto vuestro punto de vista aunque no lo comparto en absoluto.
Lo que decís es lo que se considera ‘’legalmente correcto’’ pero por encima de las ideologías está la realidad, y por desgracia no siempre se ajusta a lo que nos gustaría que fuese.
Si comentaba que este posible ‘’arreglo’’ nos podía beneficiar tanto a la empresa como a mí, lo hacía y lo hago con conocimiento de causa ya que sé cuál es la situación de la empresa y lo que necesita. Pero independientemente de lo que decidamos mi empresa y yo, me sorprende que os ofendáis tanto ante la posibilidad de pactar (y sin que sirva de excusa para mí caso) porque es imposible que desconozcáis que muchísima gente hace lo mismo por un motivo u otro.
La que yo entiendo por fraude es engañar a otra persona malintencionadamente en beneficio propio, pero si pactas algo con alguien siendo claro desde el principio con el objetivo de que ambos ganen algo, sinceramente no veo dónde está el fraude y más si no pides algo que no te corresponde por ley.
¿Qué la ley dice que para obtener la prestación por desempleo se debe cumplir el requisito (entre otros) que únicamente sea la empresa quien debe expresar unilateralmente el deseo de prescindir de tus servicios? Si, es verdad, tenéis toda la razón del mundo, no tengo argumentos que lo invaliden. Es la ley. Pero ahora bien, y si os pregunto ¿qué pasa si este deseo es mutuo? ¿Qué pasa si ambas partes desean el despido y dado el interés mutuo deciden pactarlo para salir ganando sin problemas por el medio? Pues entonces me respondéis que es un fraude despreciable. No lo es en el primer caso porque así lo contempla la ley pero como en el segundo caso la ley no dice nada al respecto, es un acto injusto independientemente de las necesidades del trabajador y de la empresa. Realmente, no puedo negar que la respuesta me resulte graciosa e incomprensible.
Para alimentar un poco más la indignación que produce el tema debo confesaros que a todas las personas a quienes he pedido su opinión, todas, incluidas las de un abogado y un trabajador de recursos humanos, han coincido en aconsejarme que la mejor opción es que llegase a un pacto amistoso con mi empresa. Para que luego digan que no estamos en un país de defraudadores!
Lamento profundamente que este post, cuya única intención era la de recaudar información para elegir el mejor camino posible (incluyendo la excedencia voluntaria) haya terminado así.
Siento mucho que haya gente que pese a defender la integridad de la ley (hecho que no solo me parece muy correcto y normal sino que además honra a quién lo hace) a la hora de l verdad juzguen a los demás con la crudeza que lo hacen sin conocer las circunstancias personales de quién pregunta. No soy nadie para dar consejos, lo sé muy bien y tampoco es mi voluntad, pero sí que me gustaría decir que si se quiere ser justo no se debe juzgar y si se cree uno en legítimo derecho de hacerlo, por favor, que primero abran los ojos a la realidad y que conozcan profundamente a las personas y circunstancias que vive en ella.
Pido disculpas a todas aquellas personas que sin querer haya ofendido con mi postura y, ya para finalizar, doy por acabada esta discusión ya que no lleva a ninguna parte.
Mira, lo dejo, hablas de pactos justos e injustos y no me gusta perder el tiempo. Solo te diré que todo pacto que se realice con el fin de poder obtener algo a posteriori al que no se tuviera derecho es un pacto fraudulento y deberias saber que castigable tanto para el empresario como para el ex-trabajador. Y las Leyes, las que tu dices que son "por encima de la ideología" hay que intentar cumplirlas y por lo menos no nos pidas complicidad a lso que aqui, altruistamente, perdemso nuestro tiempo en intentar ayudar al que verdaderamente tiene dudas y lo necesita, al que me quiera dar clases, por encima del bien y del mas, lo siento no puedo.
No sé en qué narices se puede beneficiar un empresario en firmar un despido fraudulento, con riesgo a ser sancionado, cuando puede esperar a que su trabajador se vaya en unos meses a estudiar ingles, cosa que le saldrá gratis y sin riesgo a ser sancionado.
Y lo ultimo: entérate bien de si lo que trabajes en australia puede "ser exportado" a España para cobrar más desempleo (les dices de mi parte que no olviden realizar bien el antiguo TC2) y traete al final el Certificado de Empresa porque la remision telematica desde las antipodas aun está sin compatibilidad con el sistema del INEM español (por el tema ese de la eñe)
xD.
"Para alimentar un poco más la indignación que produce el tema debo confesaros que a todas las personas a quienes he pedido su opinión, todas, incluidas las de un abogado y un trabajador de recursos humanos, han coincido en aconsejarme que la mejor opción es que llegase a un pacto amistoso con mi empresa. Para que luego digan que no estamos en un país de defraudadores!
"
Un pacto amistoso, con la Ley en la mano, puede ser el que te han explicado muy bien mas arriba: solicitar una excedencia tal y como sí contempla la ley española, y quedar bien con tu jefe para que cuando vuelvas, tenga a bien volverte contratar por ser un tío legal.
El problema es que planteas el tema como si las unicas partes fuerais la empresa y tu, y eso no es así, hay una tercera parte que, si la empresa y tu llegais a un pacto, se verá perjudicada, y esa parte es el estado, o sea todos nosotros que pagaremos una prestación a alguien que no tiene derecho a ella.
Y aquí no juzgamos las circunstancias de cada uno, seguramente a todos los que aquí participamos o incluso los que nos leen han tenido un momento en su vida donde una ayudita no les habría venido mal para dar un empujoncito a su proyecto vital o a solucionar un problemilla, pero el asunto es que la prestación por desempleo no esta para este tipo de asuntos, sino para otro muy concreto, que quien pierde su trabajo pueda recibir una ayuda mientras encuentra otro.
Y te puedo asegurar que no eres el primero que lo plantea, lo han hecho madres o padres que quieren cuidad a su hijo o familiar enfermo, gente que quiere buscar otro trabajo, montar un negocio o estudiar algo que en el futuro le merezca más la pena que lo que están haciendo.
Y ojalá el Estado tuviera dinero para que todos pudieramos realizar nuestros sueños o dar un giro a una vida mal encauzada. Pero no, los recursos del estado son limitados y utilizandolos de forma fraudulenta, solo contribuimos a que no lleguen a quien realmente los necesita.
SALUDOS.
Los compañeros ya lo han explicado perfectamente y probablemente no merezca la pena abunadar más en el tema (que, por otra parte, es de los más recurrentes en este foro y ya cansa).
Simplemente poner énfasis en un par de ideas que ya han sido comentadas (pero que trates de asimilarlas, por mucho que te cueste):
- no se trata de "ideologías" ni de juicios de valor, simplemente de llamar las cosas por su nombre y porque en este caso está más que claro. Lo que pretrendes es un fraude. Te puede parece más justificable o no, que sea una práctica (por desgracia) común, pero no por ello deja de ser un fraude.
- has de entender que, muy justificado que en tu caso puedas entender que pueda estar (eso sí es un juicio de valor), no es muy de recibo pedir consejo sobre la comisión de un fraude en un foro público de Derecho.
- y, como ya se ha dicho, tu justificacion de que no es un fraude porque tu empresas y tú estais de acuerdo patina por todos los lados, ya que te olvidas que si justo es un fraude es porque a quien defraudas es a un colectivo al que olvidas en este planteamiento, un colectivo integrado por todos nosotros, sufragado por todos nosotros, sí, justo a los que precisamente pides ayuda.
Venga, que te vaya bien. (y ya sabes, si además quieres cometer algun fraude a Hacienda, tipo trampilla en la declaracion de la renta, por ej, tambien práctica muy común y sobre la que algun asesor fiscal o amiguete te pueda aconsejar, por favor, no la plantées en el foro de Derecho Tributario, seamos serios, caramba!)