La situación es la siguiente, en mi ayuntamiento a la concejala de limpieza se le contrata para labores de limpieza y después del periodo de concejala, las autoridades del ayuntamiento, dicen que pasa a la situación de excedencia forzosa, para así, después de cuatro años, argumentar que vuelve de nuevo a ser contratada por el ayuntamiento, afirmando éste que tenía reserva del puesto de trabajo.
Yo entiendo que la reserva del puesto de trabajo se da cuando alguien es nombrado cargo público, pero no después de concluido el contrato con el ayuntamiento.