mi pregunta es: si un miembro de comité de empresa solicita una excedencia y no presunta renuncia, ¿Mantiene el puesto de miembro del Comité? ¿Le pueden negar la readmisión siendo así?
Me gustaría saber también de este tema. El delegado de excedencia puede seguir manteniendo su puesto, en caso de no querer renunciar ya que volverá. O por el contrario se le puede sacar. Podría seguir en tal caso de conservar su puesto a las diferentes reuniones del comité?