Hola a todos,
De aqui unos dias tengo un juicio en el Jdo Penal por un tema de violencia doméstica. Mi cliente es la mujer (victima) y ahora dice que tiene buena relación con su ex marido (denunciado), no quiere perjudicarle y no quiere declarar. Puede hacerlo?
Segun un articulo de la LECRIm los conyuges o parejas de hecho estan dispensados de declarar en contra de su parejas, pero tiene el mismo tratamiento un ex conyuge?
Ese articulo es para los testigos, que estan obligados a declarar.
Si la que no quiere declarar contra un acusado de violencia domestica es la victima, puede declarar, no declarar, retirar la denuncia, o declarar que le ama de nuevo y que se llevan estupendamente. Luego el fiscal decidira si sigue con la imputacion de oficio o no.
No sabes como te agradezco tu respuesta.
Entonces ves correcto que al inicio de la vista, como cuestión previa, le diga a SS que mi cliente no va a declarar? sabes que articulo es para alegarlo?
Pero a la víctima la pueden llamar como testigo, no necesariamente como parte perjudicada y en ese sentido creo que sí estaría obligada a declarar. Me equivoco?
Tener buenas relaciones no es suficiente para acogerse al derecho a no declarar del artículo 416. Si están divorciados el vínculo matrimonial está roto y por tanto no ha lugar a la dispensa. Sólo si a pesar de estar divorciados han reanudado la convivencia podría aplicarse dicha dispensa a declarar. Supongo que estarás como acusación particular, lo cual va a chirriar mucho si solicitas que tu cliente se acoja a eso. Lo normal cuando no hay interés en acusar es que la acusación particular desista, lo contrario suena a amaño evidente. Por otro lado el tema de la dispensa no se plantea como cuestión previa: cuando tu cliente entre, el juez le interrogará sobre la generales de la ley, entre ellas tiene la obligación de preguntarle si está en alguno de los supuestos del artículo 416, y de estarlo, informarle de su derecho a no declarar. Pero como te he dicho, en el caso que planteas tiene la obligacion de declarar sobre lo que sepa y no puede negarse.
Error! puede acogerse perfectamente al art. 416 y negarse a declarar, haya o no buena relación tras la separación. Como muestra mi actual y reciente Sentencia.