¿Puede una persona evitar el embargo de la mitad indivisa de un inmueble, vendiéndola a una sociedad domiciliada en el extranjero, aunque controlada de alguna manera por ella misma? Gracias
Puede intentarlo, pero se arriesga a q le acusen de alzamiento de bienes por la vía penal -art.257 CP-(aunque es difícil, nunca se sabe). Tb le pueden interponer una acción revocatoria o pauliana y revocar esa venta, por lo civil (art. 1.111 CC).