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evi medica

2 Comentarios
 
Evi medica
perfil pAR
24/06/2005 13:36
Soy funcionario tengo reconocida una minusvalia de 55%,despues de 15 meses de i.L la empresa,correos me propone pasar la evi 11/05/ el dia 23 me citan para decirme que la evi les comunico que estaba apto para el trabajo.
Tengo la baja hasta el 18 del mes de julio pero la licencia me mandaron un burofax diciendo que solo la tengo hasta el 28 de este mes.
Tengo entendido que tengo que empezar a trabajar el 29 de este mes ya que sino pierdo el puesto.
Segun tengo entedido correos tiene organo jubilador propio al pertenecer a clases pasivas.
Yo no estoy para trabajar la empresa me propuso para la i.P.Y estaba de acuerdo.
Mis preguntas son.
Quiero conocer el acta de resolucion del evi y a quien se lo pido ya que lo unico que me comunico la empresa es"segun valoracion del area de salud laboral, no procede la jubilacion por incapacidad, toda vez que no esta afectado por una lesion o proceso que le imposibilite paa el desempeño de las funciones propias del cuerpo, escala o carrera".
El dia que pase la evi me parecio un poco tonto todo aquello ya que ni me miraron, todo preguntas
quiero interponer un recurso contencioso -administrativo que creo que es lo que procede.
Quiero que la evi revise el dictamen que emitieron
quiero que el area de salud laboral de correos interpprete mi situacion y se de cuenta que no estoy para desempeñar las funciones propias de mi puesto.
Quiero que reconozcan todos que lo han hecho mal y me concedan la ip.
Quiero que la empresa con ese escueto argumento no me pueda obligar para trabajar ya que estoy con informes medicos que dicen que no estoy capacitado para realizar ningun tipo de trabajo.
El dia 29 tengo que comenzar a trajajar y creo que no podre hacerlo aunque si no me presento seguramente perdere el puesto.
Que hago
24/06/2005 16:00
El INSS te enviara resolucion por escrito,( si no lo ha hecho ya, llamales por telefono y que te lo reenvien(puede haberse perdido en correos), en esa resolucion te indicará que tienes 30 dias habiles para efectuar reclamacion previa(recomiendo abogado experto en SS), si nuevamente se ratifican en la negativa, podras ir al juzgado via social(no contencioso).La negativa de IP supone alta laboral que podras recurrir via j.social, y mientras tanto trabajar o que t den de baja por otro motivo o trabajas un dia y vas a la inspeccion medica a que autorice nueva baja, previo reconocimiento medico de urgencias o del servicio de prevencion de empresa donde quede claro que tu estado no se corresponde con la actividad laboral.
Una cosa es que pidas jubilacion y otra distinta Incapacidad, no confundas los terminos
un saludo
perfil pAR
24/06/2005 17:30
El tema de los funcionarios es algo distinto,pero yo no tengo ni idea tengo que comenzar a trabajar el miercoles y pensaba darme de baja por el misma causa, no tenia ni idea de lo que me comentas, pensaba que no necesitaba autorizacion, gracias