En primer lugar, gacias por responder.
La empresa le ha indicado que no hay riesgos, lo cual no es cierto visto mi caso, por lo tanto dudo que hayan realizado alguna vez la evaluación de riesgos.
En ese caso ¿debería mi amiga ponerse en contacto con la mutua para solicitarlo?
Habría que ver el argumento que da la empresa. Lo normal es que los riesgos de embarazo ya estén evaluados en la evaluación de riesgos general. Es decir, si la evaluación de riesgos está bien hecha desde el inicio, no hay porqué evaluar nada posteriormente por un embarazo, porque esa circunstancia ya está evaluada.
Que los riesgos estén evaluados, facilita el hecho de poder pedir la suspensión por riesgo durante el embarazo ante la mutua. No obstante, la solitud siempre la va poder realizar (lo normal es hacerlo con acuerdo de la empresa, pero también podría hacerlo sin su acuerdo). La Mutua será la que le pida los riesgos a la empresa en este caso.
Evaluación de riesgos del puesto de trabajo en el embarazo
En mi empresa me hicieron una evaluación de riesgos por mi embarazo donde me indicaron que a partir de la semana 33 podría pedir la baja por riesgo. Hoy una amiga, también embarazada, me ha comentado que en su empresa le han dicho que no le van a hacer la evaluación porque tendrían que pagarla adrede y que en su puesto no hay riesgos.
Tenemos un puesto similar, ambas trabajamos sentadas de cara a un pc entonces entiendo que el riesgo debería ser igual pero si no le quieren hacer la evaluación no puede pedir esa baja, si no por enfermedad común.
Mi pregunta es si la empresa está obligada a hacerla.
Un saludo,
Érika.