Hola, me gustaría qu me asesoraran sobre ésto: me ha tocado la revisión de la hipoteca y mis cáulculos eran que con el euribor de abril (ya que toman el de 2 meses antes o sea 1,909) y los intereses 0.75 me deberían cobrar 2.66 pero me han cobrado 2.75, antes de meterme en reclamaciones ¿es correcto hoy 1 de junio lo que me han cobrado? quizás es que no toman el euribor publicado? No sé estoy muy perdida en esto.
Hola, ante todo no soy letrado pero sí consumidor y preocupado tambien por este tema.
Lo primero que tienes qué saber es qué dia exactamente te revisaron, ya que el euribor varía diariamente y lo segundo es tener encuenta que un indice es el Euribor y otro, más elevado generalemente, el Euribor Hipotecario que será con casi toda probabilidad el que han tomado como referencia.
Una vez analizado y comprobado si sigues considerando que es incorrecto plantealo por aqui, seguro que alguien te ayudará un poco más.
Hola a dia 31 o 30 de todos los meses me cobran el recibo , en la escritura me pone que será revisada a los 6 meses con el euribor de 2 meses naturales anteriores al alza o a la baja más el interés es aquí lo que no entiendo,¿al alza y a la baja? y ¿me podrías explicar lo del euribor hipotecario y por qué es más elevado?
Un saludo y gracias por haber contestado el tiempo de cada uno es oro y si se regala se agradece.
El euribor que indicas es el de marzo (1,909).
Mira en el contrato del préstamo, porque es posible que tengas una cláusula en la que figure un mínimo del 2,75% como tope de revisión a la baja. Si no la tienes no es correcto, reclama.
Un saludo
Hola no hay ninguna cláusula sólo que la diferencia respecto al contratado no debe ni bajar ni subir de 5 puntos, la revisión era al 6º mes y en el 7º recibo me cobran con el interés anterior sin revisión, me quieren convencier de que es así
¿qué hago?
Hola, en primer lugar no se si realmente sabes que la diferencia es de 0,09puntos porcentuales, es decir, en una hipoteca de 150.000€ a 25 años hay una diferencia mensual entre lo que pagas y lo que reclamas de 6,89€.
Si la revision es en el 6º mes, al 7º tienen que modificartelo, si efectivamente ha variado el Euribor. Puedes ir a otro banco con copia de la escritura de hipoteca e intentar que te informen o ir directamente al Defensor del Cliente si crees sentirte perjudicada.
Hola y gracias, realmente pago un 5, mis cálculos para el nuevo se quedaría en 2.66 no 2.75, y sobre todo no lo han aplicado este mes (el 7º) cuando la revisión era al 6º ¿qué crees que debería hacer para solucionarlo lo más suave posible?
Volvo, hasta donde yo conozco, y mi trabajo esta relacionado con Banca, no existe el euribor hipotecario, el euribor es una media de los tipos de interes a los que se intercambia los préstamos entre entidades financieras. Quizás te estes refiriendo al tipo hipotecario de cajas de ahorro, que efectivamente es más alto que el euribor y que suele contratarse sin diferencial.
canovvas, en primer lugar acude a tu entidad bancaria a que te lo expliquen. Si no quedas satisfecha, presenta una reclamación al defensor del cliente de la entidad (o figura similar), y si la respuesta que te dan tampoco te convence puedes presentar la reclamación contra la entidad al servicio de reclamaciones del Banco de España
Conaly, con la máxima humildad y respeto, EURIBOR, “Europe Interbank Offered Rate”, o sea, “tipo europeo de oferta interbancaria”, es el tipo de interés aplicado a las operaciones entre bancos de Europa; es decir, el porcentaje que paga como tasa un banco cuando otro le presta dinero. El EURIBOR se define como la media simple de los tipos de interés diarios, aplicados para las operaciones cruzadas al plazo de un año en el mercado de depósitos interbancarios de la zona de la Unión Monetaria, entre las entidades financieras con mayor nivel de negocio.
Realmente el EURIBOR no es un solo tipo, sino un conjunto de ellos. Las entidades financieras usan diferentes tipos de interés según el plazo al que se prestan dinero. Por tanto se puede hablar de EURIBOR a una semana, a un mes o a un año.
Sin embargo, la gente está acostumbrada a consultar el Euribor a 1 año y aplicarlo junto con el diferencial a su hipoteca, craso error.
Para el cálculo del Euribor HIPOTECARIO se atiende a la variación que durante los últimos treinta días ha tenido el euribor a un año de mercado. En la practica, sule ser unas céntesimas mas alto que el Euribor a un año.
Hola canovvas, yo voy a pasar olímpicamente de explicaciones financieras, económicas, bancarias y demás historias que van apareciendo por aquí y si te parece vamos a intentar aclarar el tema desde su lado jurídico, que es el que seguramente nos interesa en este sitio.
Para el cálculo de los intereses en préstamos hipotecarios se pueden utilizar distintos índices, pero el habitual, no voy a decir el único porque algún préstamo con otro referente distinto por haberlo haylo, es el euribor, nombre común y sin más complicaciones que usamos el común de los españolitos hipotecados. Y se refiere al euribor hipotecario, que es el que se publica los primeros dias de cada mes en el BOE, refiriendose al del mes anterior. El último publicado lo ha sido el 2 de junio y corresponde al del mes de mayo que es del 1,644 %. A partir de este dato, solo queda ver cual es el aplicable a nuestro contrato y sumarle el diferencial. Hay algunos que se refieren al de un mes exacto - el más claro-, otros al último publicado -este puede ser algo más complicado, porque hasta enero de este año se publicaba alrededor del dia 20 de cada mes, en lugar de a primeros de mes, lo que ha dado lugar a un cambio en la proximidad del mes aplicable- y otros, como parece ser tu caso, que señala un plazo temporal anterior. Dices que pone que se actualizará: "con el euribor de 2 meses naturales anteriores", es decir que si el recibo te vence en mayo, se tendrá en cuenta el euribor del mes de marzo publicado én el BOE el día 2 de abril (1,909 %). Si en lugar de eso te hubiese puesto un mes concreto, por ejemplo el de febrero, hubiese sido el publicado a primero de marzo, y si hubieses acordado el último publicado, el de abril. Espero no haberte liado más.
En tu caso y partiendo de que es el de marzo, debes sumarle el diferencial (0,75 dices) y listo, o sea que tu cálculo está bien hecho. Ahora viene el juego de las cláusulas limitativas. Dices que lo que refleja la condición es: "la diferencia respecto al contratado no debe ni bajar ni subir de 5 puntos".
Si es así debes partir del interés contratado que para que estuviese bien hecho el cálculo debería ser del 7,75%, parece mucho pero es posible. Si es así y no hay más indicaciones es correcto, pero si sin haber más indicaciones es inferior el pactado, se han equivocado, deben corregirtelo.
Lee bien todo el contrato, que a veces...
Un saludo
Perdona, lo he pasado por alto, también podría ser que te pusiese "el euribor publicado el segundo mes anterior", porque si te dice "publicado", se refiere al que apareció en el BOE en marzo, que es el de febrero, aunque tampoco te coincide porque era del 2,135 % con lo que te saldría a pagar 2,88 y a tu favor no creo que se equivoquen, pero por si acaso dicho, digo escrito, queda.
Otro saludo.
Bueno os comento me dan la razón con los cálculos del euribor,pero dicen que la revisión es en mayo con el euribor de marzo así que la letra de mayo que es la séptima letra que pago( siendo la revisión a los 6 meses) dicen que está bien cobrada con el euribor antinguo no el nuevo.
´Podrías decirme si es esto correcto?