Cuando elevas a público un préstamo con garantía hipotecaria, no se pone ningún EURIBOR, sino que se empieza a un tipo de interes, normalmente es el EURIBOR más el diferencial que se te vaya a aplicar después. La escritura dirá que durante los X primero meses se te aplicará el 5 % de interes, por ejemplo, y que transcurrido ese plazo el tipo de intereses sera variable siendo el EURIBOR más un diferencial. Existen varias clases de Euribor, a un día, a tres meses, a seis meses y a un año. Normalmente a las personas físicas se les aplica el Euribor a un año. Técnicamente es "la media aritmética simple de los valores diarios de los días de mercado de cada mes, del tipo de contado publicado por la Federación Bancaria Europea para las operaciones de depósito en euros a plazo de un año calculado a partir del ofertado por una muestra de bancos para operaciones entre entidades de similar calificación", y se coge el publicado en el Boletín Oficial de Estado en el mes inmediato anterior a la fecha de la revisión.
Por regla general, en del la media del mes anterior PUBLICADO.
Digo lo de publicado, porque se suele publicar sobre el día 20 del mes siguiente, es decir, si escrituras hoy, no se te contará el de octubre, pues no se publicará hasta el 20 de noviembre, sino el de septiembre, que se habrá publicado sobre el 20 de octubre.
Aunque todo es cuestión de negociarlo con el banco.