Hola soy nuevo en el foro y queria haceros esta pregunta.
Este mes he empezado un trabajo de auxiliar en las obras del AVE a traves de una ETT.
Según el contrato que he firmado:
El contrato es por obra o servicio determinado.
A tiempo completo: 40 horas semanales prestadas de lunes a domingo, turnos rotativos con los descansos que establece la ley, despues de esta clausula pone debajo: la prestacion de servicios se realizara en los meses de agosto a fin de obra, en las semanas TODAS, en los dias de lunes a viernes, a razon de 8 horas al dia, distribuidas en turnos rotativos.
El trabajador percibira un total de 1041.67 euros brutos distribuidos del siguiente modo:
652.3 salario base mes
108.72 prorrata pagas extras
210.55 plus funcional
46.73 plus transporte mes
23.37 plus vestuario mes
[U]Clausulas adicionales: [/U]
El trabajador en el caso de haber recibido uniformidad por necesidades de su puesto esta obligado devolver dicha uniformidad en la misma condicion en la que la recibio en su dia. En caso contrario se le podra descontar de su nomina el importe correspondiente.
1º ¿pero como que devolver la uniformidad en el mismo estado si estas trabajando en un obra? que clase de clausula es esta.
2º ¿porque pone primero de lunes a domingo y luego de lunes a viernes?
3º He trabajado algunas horas de noche y este fin de semana y algunos mas tendre que trabajar tambien por la noche, no se supone que esto se paga aparte (festivos, horas nocturnas) segun el convenio un 25% mas. Pregunto en la ETT y me dicen que no que las horas nocturnas no me las pagan.
Esta semana del puente de 15 de agosto trabajo:
Lunes festividad nacional. Martes trabajo tres horas por la mañana y 5 horas por la noche, miercoles libro, jueves de 6 a 14.00 viernes de 6 a 14.00 noche del sabado al domingo de 10 a 7, noche del domingo al lunes de 10 a 7. el lunes supongo que no ire a menos que tenga que ir de noche...
Y me pregunto yo, esto como no se va a pagar aparte esta semana solo he librado el miercoles he hecho mas de 40 horas segun el convenio se pagan un 25% mas, estoy hecho un lio, haber si alguien me ayuda.
Por partes; a la primera pregunta, esto es una cláusula abusiva, ¿que sucede con tales cláusulas?, como norma general, los jueces suelen reconocer como abusivas estas cláusulas impuestas en el cto por la empresa y por lo tanto no son de obligado cumplimiento, ya que entienden que tu firmas las mismas porque te las imponen en el cto y firmas porque lo que quieres es trabajar y si no firmas vendrá otro detrás que si lo hará y por tanto para impedir ese abuso las reconocen como tales y por tanto no obligan a su cumplimiento, el problema estriba en que hay jueces que dicen que estas cláusulas son válidas ya que el cto es un acuerdo entre ambas partes y tu lo has firmado y por tanto aceptado, así que depende del juez que te toque.
En segundo lugar; La condición de tu contrato de que "la prestación se hará de lunes a viernes, a razón de 8 horas/día, distribuidas en turnos rotativos" esto es un claro defecto formal de tu contrato porque luego como dices trabajas los sábados y domingos, esto te beneficia incluso para que tu cto sea transformado como indefinido y con la empresa principal (supongo será ADIF) puesto que esta es la responsable de que la ETT realice las cosas bien, en tercer lugar cuando en una ETT te contraten para elaborar las funciones de otra empresa como es el caso ya que las ETT son empresas con trabajadores de puesta a disposición, a los trabajadores en cuestión se les debe aplicar el convenio de la empresa principal, es decir te deben abonar tanto la nocturnidad como las horas extra así como el plus de festivos, así que tranquilo cuando estés a punto de cumplir el cto demandas a ambas empresas por defecto formal en tu cto ya que el mismo no cumple con la jornada desarrollada (tu coge cuadrantes, partes o lo que sea en los que especifique tus jornadas, sobre todo las de sábados o domingos), tienes mucho que ganar por ej quedarte indefinido en la empresa titular y como mínimo cobrar todo lo que se te deba mediante el conv de la titular y no sobre el que la ETT te quiera remunerar no se cumple. Acude a un sindicato o abogado para preparar el asunto y no digas ni pió que les llegue de sorpresa.
PD, cuentas al final en que quedo la cosa.
Un saludo.