mis compañeros de piso llegaro a España hace 6 años, becados por el gobierno Sirio, para estudiar en la facultad de traduccion e interpretacion de Granada como traductores, ya que eran unos de los mejores estudiantes de Damasco.
Hace 5 meses se graduaron, y cuando querian volver a Siria pues imposible ya que los aeropuertos estan cerrados debido a la situacion politica.
El permiso actual de estudiante se les vence en octubre, van a quedar sin papeles ya que la ley dice que para cambiar su condicion de residente, no deberian haber recibido becas de su pais. No pueden tampoco trabajar como traductores, ya que la ley dice que para esto, hay que ser Español o comunitario.
¿Sabrian ustedes a quien se podrian dirigir ellos, para exponer esta situacion especial?
Es un poco complicado porque ahora mismo les es imposible trabajar, no reciben beca, y no pueden volver a su Pais.
Hola. Pueden solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de RAZONES HUMANITARIAS, acogiéndose a lo dispuesto en el art. 126.3 del Reglamento de la Ley de Extranjería:
"Artículo 126. Autorización de residencia temporal por razones humanitarias.
Se podrá conceder una autorización por razones humanitarias en los siguientes supuestos:
(...)
3. A los extranjeros que acrediten que su traslado al país del que son originarios o proceden, a efectos de solicitar el visado que corresponda, implica un peligro para su seguridad o la de su familia, y que reúnen los demás requisitos para obtener una autorización temporal de residencia o de residencia y trabajo."
Actualmente, es evidente la situación de peligro que comporta regresar a Siria y además, la Embajada de España ha suspendido sus actividades, así como la red de Consulados en todo el país. Ni volviendo, podrían solicitar visado alguno, porque no hay funcionarios diplomáticos españoles acreditados en Siria en este momento para despachar nada. Todas las actividades de la Embajada y los asuntos consulares, han sido asumidos, temporalmente, por la Embajada de España en Líbano.
Lo que puede ser un problema y que deberían consultarlo, es lo relativo al certificado de antecedentes penales. Si el país del que son nacionales está en situación conflictiva, al punto de que es peligroso para ellos regresar a su país, resultaría contradictorio pedirles que aporten un documento que, precisamente por la situación en la que se encuentra el país, no podrían obtener. E igualmente, tampoco hay en España, actualmente, embajador de Siria, pues fue expulsado en el pasado mes de mayo.
Por eso, en situaciones como ésta, normalmente, la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno, debe elevar la consulta al Ministerio de Asuntos Exteriores y al Ministerio del Interior, para que se pronuncien y den su parecer al respecto.
Otra opción que tendrían, si las cosas se pusieran realmente graves e incluso llegaran a correr peligro, es solicitar a España la PROTECCIÓN SUBSIDIARIA, prevista en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria . Pero, en este caso, si bien la solicitud se puede presentar por medio de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia, la resolución debe tomarse en Madrid, en la Oficina del Asilo y Refugio, del Ministerio del Interior.