Sin entrar en mayores consideraciones a lo dicho por JMP, sí que me veo en la obligación de manifestar que la "tijera" de nuestro administrador debería ser usada muchas otras veces por motivos más poderosos que éste. Huelgan ejemplos.
Estimado JMP, seguramente el administrador tendría poderosas razones para su intervención supresora del post por tí aludido.
Ciertamente, sería muy conveniente para tí un pequeño exámen de conciencia , si se me permite la expresión y sin el menor ánimo de zaherir los legítimos sentimientos de autovalía de ningún forista. No siempre tus intervenciones se han ajustado escrupulosamente a las normas de participación en el foro, lo que pone al webmaster en la penosa obligación de echar mano a la tijera con el honroso propósito de mantener limpio de polvo y paja este incomparable marco de comunicación e intercambio del negocio jurídico.
Porque el mensaje va dirijido a otro que el administrador ha eliminado por completo (toda la intervención, fecha y nombre incluido), si se pudiera leer se entendería el sentido de la intervención.
Tan importante como tú pero, con referencia a lo que aquí importa, con una esencial diferencia. Yo trato de resolver problemas con BASE JURIDICA (se podrá estar de acuerdo conmigo o no) y tu solo entras, con multitud de nicks, a incordiar. No te he he leido ni una sola cita jurídica. Sigue incordiando querido.
Oh mi muy dilecto compañero, craso error de lesa corrección gramatical es tu confusión entre la locución "sin embargo" con la, a nuestro modesto entender, más pertinente al caso "por el contrario".
Por ahora parece ser que soy el único que te contesto. Por cierto,¿ eres el mismo anónimo que abre el post o, sin embargo, eres el otro que anda buscándome en todas mis intervenciones?.
Hablas como si el foro fueras tú o fuera tuyo.
Como si fueses el unico que contesta.
Como si el agraciado con tu respuesta te debiera gratitud eterna por haberle salvado la vida mil veces y a toda su familia además
Por cierto, y será la única ayuda que te preste, planteate en cuanto a la ley ordinario y orgánica si es una cuestión de jerarqia o de competencia.
La repuesta la puedes tener en la misma Constitución Española si bien, en honor a la verdad, la cuestíón no es pacífica desde un punto de vista doctrinal.
En la práctica, y ya lo verás llegado el momento, lacuestión no plantea ningún problema.
Comprate el libro las fuentes del derecho de Javier Paricio. De todas formas si comienzas con la sabia práctica de manejar manuales y monografías aprenderás algo. Y, perdona, pero las prácticas las deberías hacer tu. No te lo tomes a mal.
Alguien me podria ayudar a organizar las categorias normativas??. es que tengo que entregar un trabajo y tengo dudas por favor si alguien tiene tiempo para ayudar a uno que empieza que se ponga en contacto conmigo a la direccion dracon_87@hotmail.com
Ejemplo:
1 Constitucion
2 Ley Organica u Ordinaria...